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2005
Corte Constitucional, S. T- 1291 de 2005 - ¿En el evento de AFP negar el reconocimiento de pensión de invalidez, argumentando que la persona no cumple con el mínimo de semanas cotizadas dentro de los últimos 3 años conforme a la normatividad correspondiente a la materia, se vulneran lo derechos fundamentales de la peticionaria y los de su hija menor? La Solidaridad y la dualidad de regímenes. Progresividad, favorabilidad y reglas de transición. El concepto "expectativa legítima". La protección constitucional de los discapacitados. La pensión de invalidez. La protección constitucional a favor de las madres cabeza de familia. Los derechos de los niños a la seguridad social y a la familia
Corte Constitucional, S. T- 1282 de 2005 - ¿Se vulneran por parte de AFP, los derechos a la salud y a la vida digna, a una persona que alega tener derecho a pensión de invalidez porque su capacidad laboral se ha disminuido en un 75.14% debido al VIH que padece?¿Es procedente negar el derecho a pensión de invalidez por diferencia entre el trabajo que decía realizar la cotizante y el que realmente ejercía, toda vez que la base de cotización sería inferior a la legal? Procedencia de la acción de tutela para proteger los derechos de quien padece VIH o SIDA. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 1268 de 2005 - ¿Lesiona derechos fundamentales la decisión de declarar extinguida la pensión de invalidez reconocida al actor con base en una norma convencional, por disminución de la incapacidad laboral a un porcentaje inferior al exigido en la norma convencional, a pesar de que dicha invalidez continúa siendo superior al mínimo establecido en el régimen general para el reconocimiento de esta prestación social? Funciones que cumplen las juntas de calificación de invalidez, la competencia de las juntas nacional y regionales para el trámite de revisión de la calificación de invalidez. La aplicación de los principios de favorabilidad y de condición más favorable. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 1251 de 2005 - ¿Es procedente la acción de tutela para reclamar el derecho al reconocimiento de la pensión de invalidez, como quiera que se le niega, entre otras cosas, por mora en el pago de aportes? Pérdida de la capacidad laboral. La entidad responsable del reconocimiento y pago de la prestación se allanó a la mora del empleador. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 1182 de 2005 - ¿Es procedente el amparo a la seguridad social y al mínimo vital, ante la negativa recíproca de las AFP en reconocer y pagar la pensión de invalides, argumentando para ello que la calificación de la pérdida laboral la debió hacer la Junta de Calificación de Invalidez y no la AFP? Los conflictos entre las entidades o personas encargadas de prestar los servicios inherentes a la seguridad social, no pueden afectar el derecho de los usuarios a recibirlos. Personas discapacitadas. Tutela como mecanismo transitorio. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 1163 de 2005 - ¿Vulnera derechos fundamentales la entidad que suspende temporalmente el acceso a los servicios de salud que requiere una persona, que perdió la mayor parte de su capacidad laboral y necesita del suministro permanente de medicamentos y de controles médicos, el acceso a los servicios de salud que requiere, hasta tanto no obtenga el reconocimiento de su pensión de invalidez? Principio de continuidad. Hecho superado por haberse comprobado el reconocimiento de la pensión de invalidez y su revinculación a los servicios en salud
Corte Constitucional, S. T- 1028 de 2005 - ¿Es procedente solicitar vía tutela el pronunciamiento sobre incapacidad solicitada a la AFP del accionante, dado que éste cotizó como trabajador independiente pero por la enfermedad que padece se ve obligado a pedir reconocimiento de pensión de invalidez? Términos para resolver las solicitudes de relacionadas con la pensión. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 1011 de 2005 - ¿Vulneran los entes demandados responsables de cargas pensionales, los derechos fundamentales de quien reclama reconocimiento de pensión de invalidez, en el evento de negar la pretensión aduciendo que la invalidez se toma desde el momento o fecha en que se estructura y no en el momento en que se califica? Pensión de invalidez por riesgo común. Principio de favorabilidad. A la fecha de la estructuración de la invalidez la persona se encontraba vinculada a otro régimen pensional. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 860 de 2005 - ¿La negativa de pago de la pensión de invalidez, sustentada en la tardanza de la cancelación de los aportes para pensiones del año inmediatamente anterior a la estructuración de la invalidez, es excusa para no darle reconocimiento? Mora en el pago de los aportes el Sistema General de Pensiones. El Trabajador no debe soportar las consecuencias negativas que puedan derivar si el empleador no hace los aportes en tiempo. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 829 de 2005 - ¿Procede la tutela para el miembro de la Policía Nacional que solicita pensión de invalidez dada la negativa de la accionada sustentada en la aplicación diferente de normas? La pensión de invalidez y el régimen especial de la fuerza pública
Corte Constitucional, S. T- 738 de 2005 - ¿Se vulneraron los derechos fundamentales invocados al ex-soldado que no se le reconoce el pago de la pensión de invalidez, porque según los entes demandados se le deben aplicar las normas del régimen especial establecido para los miembros de las Fuerzas Militares que determina que el porcentaje de invalidez para tener acceso a pensión por éste concepto debe ser de más del 75 %? La diferencia en los porcentajes exigidos para el reconocimiento de la pensión de invalidez en el régimen ordinario y en el especial de las Fuerzas Militares, no vulneran el derecho a la igualdad. La existencia de otro mecanismo judicial eficaz de defensa. Los principios de subisdiaridad y de inmediatez de la acción de tutela. Negada
Corte Constitucional, S. T- 445 de 2005 - ¿Se vulneran derechos fundamentales, en el evento en que una Junta de Calificación de Invalidez revisa el estado de salud de una persona y profiere un acto administrativo que declara extinguida la pensión de invalidez anteriormente reconocida? Las revisiones de acuerdo con la normatividad pueden generar tres posibles consecuencias, la extinción de la pensión, su disminución o el aumento de la misma. Negada
Corte Constitucional, S. T- 436 de 2005 - ¿Procede acción de tutela contra dictamen que disminuye el porcentaje de incapacidad laboral, dando lugar a la extinción del derecho al pago de pensión de invalidez? La acción de tutela procede contra los dictámenes de las juntas de calificación de invalidez. Protección inminente y efectiva de los derechos fundamentales invocados. La persona ha quedado de un momento a otro sin el derecho reconocido por sentencia judicial a percibir pensión de invalidez. Omisión de procedimientos y debido proceso en la actuación de las juntas de invalidez. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 344 de 2005 - ¿Vulnera el fondo de pensiones los derechos del afiliado al negarle la pensión de invalidez, aduciendo pago extemporáneo por parte del empleador?
Corte Constitucional, S. T- 290 de 2005 - ¿Procede el amparo transitorio del reclamo por extinción de pensión de invalidez reconocida previamente por Colpuertos, sustentado en valoración reciente? Tutela como mecanismo transitorio, aplica con existencia de un perjuicio irremediable si no se aplica la favorabilidad y las condiciones más favorables. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 159 de 2005 - ¿La negativa de TELECOM en Liquidación, de ofrecer a la accionante el plan de pensión anticipada viola su derecho a la igualdad y mínimo vital? La procedencia de reconocimiento de derechos pensionales es excepcional ¿El no haber cotizado el empleador para pensión durante los cuatro años en los que la accionante estuvo pensionada por invalidez, vulnera igualmente sus derechos fundamentales? Cundo la disminución de la capacidad laboral excede el cincuenta (50%) por ciento, el trabajador pierde su capacidad para trabajar de manera tal, que no se puede hablar de una incapacidad sino de una condición de invalidez, generando el efecto reconocimiento de una pensión por invalidez, y la extinción del vinculo laboral. Negada
Corte Constitucional, S. T- 138 de 2005 - ¿El amparo constitucional resulta procedente para reclamar el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez cuando el empleador ha dejado de efectuar los aportes correspondientes? Derecho a la pensión de invalidez en conexidad con el mínimo vital. Excepcionalidad de su carácter fundamental, como lo es el estado de indefensión, en consecuencia la mora de pagos por parte del empleador no afecta el derecho. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 71 de 2005 - Demanda ordinaria laboral para reconocimiento de pensión de invalidez. ¿Incurrió el tribunal en vía de hecho al revocar el mandamiento de pago proferido por el Juzgado, al considerar que las providencias que concedieron la pensión de invalidez no prestan mérito ejecutivo, por cuanto no fijó suma en concreto? En concepto del tribunal la demandante, con la sentencia declarativa dictada, debe acudir ante el Seguro Social para que expida el acto administrativo que ordené el pago de su pensión y así iniciar la demanda de ejecución. Concedida