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PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA RECONOCER UNA PENSIÓN
CORTE CONSTITUCIONAL
Corte Constitucional, S. T- 72 de 2012 - ¿Se tiene derecho a la pensión de sobreviviente cuando el causante falleció con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 a pesar de no cumplir con los 20 años de servicios para adquirir el derecho a la prestación que exigía la ley vigente en su momento, teniendo en cuento que se cumple con los requisitos establecidos en la Ley 100? Derecho a la pensión de sobrevivientes por aplicación retrospectiva de la ley cuando el causante falleció antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993. Imprescriptibilidad de los derechos pensionales. Concedida
Corte Constitucional, S. C- 624 de 2003 - Prescripción de la acción para el reconocimiento de una pensión. La imprescriptibilidad de la pensión se refiere al derecho en sí mismo, pero no en lo atinente a las mesadas pensiónales dejadas de cobrar, las cuales se someten a la regla general de prescripción de las leyes sociales de tres (3) años. Demanda de inconstitucionalidad contra el Artículo 36 de la Ley 90 de 1946