Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

LEY 71 DE 1988
CORTE CONSTITUCIONAL
Corte Constitucional, S. C- 786 de 2014 - Inepta demanda contra el artículo 7 (parcial) de la Ley 71 de 1988, "por la cual se expiden normas sobre pensiones y se dictan otras disposiciones". Para la Corte la preocupación fáctica planteada por el actor, respecto a la falta de pago de aportes de los empleados oficiales, en el sentido de qué pasa con aquellos casos concretos en que el empleador oficial no realizó los aportes y puede llegar a perjudicar a los empleados oficiales en la adquisición del derecho a la pensión por aportes, por cuanto en el cómputo no se le tiene en cuenta el "tiempo de servicio prestado", carece de pertinencia. Este problema de orden legal, ya ha sido resuelto por parte tanto de la Corte Suprema de Justicia, como del Consejo de Estado : La falta de aportes al sistema por parte de la entidad contratante no es obstáculo para acceder al derecho
Corte Constitucional, S. C- 804 de 2008 - Ley 71 de 1988, "por la cual se expiden normas sobre pensiones y se dictan otras disposiciones". Pensión por acumulación de apartesArt. 7 "aporte": Fallo inhibitorio
Corte Constitucional, S. C- 331 de 2000 - Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 4 de la ley 171 de 1961
Corte Constitucional, S. C- 155 de 1997 - Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2 de la ley 4a. de 1976
Corte Constitucional, S. C- 149 de 1994 - Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6 (parcial) de la Ley 71 de 1988 "por el cual se expiden normas sobre pensiones y se dictan otras disposiciones". Cajas de compensación familiar. Subsidio familiar. Carácter optativo de ciertos beneficios para pensionados
Corte Constitucional, S. C- 12 de 1994 - Demanda de inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo 7o. de la Ley 71 de 1988, "por la cual se expiden normas sobre pensiones y se dictan otras disposiciones". Pensión de jubilación, requisitos, discriminación
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Corte Suprema de Justicia, S. P 1986 de 1990 - (29-03-1990) Acción pública de inexequibilidad contra el parágrafo del artículo 7º de la Ley 71 de 1988. Reconocimiento de pensión, condiciones para la aplicación de normas.