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AFILIACIÓN
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
Corte Constitucional, S. C- 259 de 2009 - ¿Al establecerse la afiliación obligatoria de los trabajadores independientes al Sistema General de Pensiones, se incurrió en una omisión legislativa relativa, por cuanto el legislador dejó de consagrar en el supuesto de hechos de las normas acusadas el tipo de trabajadores independientes que están obligados a cotizar a pensión, dado que existen trabajadores independientes que sólo pueden cotizar para salud por falta de recursos para cotizar para pensión? Omisión legislativa subsanada con la expedición de la Ley 1250 de 2008. Ley 797 de 2003, "por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema genera de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales"; Arts. 1 y 3 (parciales) (Modificatorios de los arts. 13 y 15 de la ley 100 de 1993)
Corte Constitucional, S. C- 623 de 2004 - Permanencia mínima en el régimen de prima media con prestación definida de los empleados públicos. Obligatoriedad en la afiliación al ISS de quienes ingresen por primera vez al Sector Público en cargos de carrera administrativa. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 3° (parcial) de la Ley 797 de 2003
Corte Constitucional, S. C- 1089 de 2003 - Afiliados en forma obligatoria al Sistema General de Pensiones - Principios para la afiliación de trabajadores independientes - Demanda de inconstitucionalidad contra el Artículo 3o. (parcial) de la Ley 797 de 2003 que modificó el artículo 15 de la Ley 100 de 1993, y contra el Decreto 510 de 2003
REVISIÓN DE TUTELA
Corte Constitucional, S. T- 387 de 2011 - ¿Es procedente la acción de tutela contra particulares para alegar o reclamar las acreencias laborales y sus derechos a la seguridad social dejadas de recibir por varias empleadas doméstica por parte de sus empleadores?. Concedida. El servicio doméstico y la situación de vulnerabilidad. Derecho fundamental a la seguridad social y su relación con el mínimo vital. La prestación del servicio doméstico se encuentra regulada por las normas laborales. Esta clase de trabajadores se han visto expuestos a condiciones de mayor vulnerabilidad. El trabajo doméstico, por sus especiales características y la situación de vulnerabilidad de quienes lo ejecutan, demanda la protección del Estado a fin de que sea reconocido legal y socialmente como una actividad laboral, merecedora equitativamente de los derechos respectivos. Se obliga al pago de un salario mínimo a título de "pensión provisional" hasta tanto se resuelve el trámite ordinario
Corte Constitucional, S. T- 1049 de 2010 - ¿Se han vulnerado los derechos fundamentales de una persona de tercera edad al darse la negación por parte de los herederos de su empleador a reconocerle el tiempo de servicio trabajado por siete años, antes que fuera afiliado a pensiones?. Concedida como mecanismo transitorio. Ordena al empleador cancelar al ISS los aportes debidos para así cumplir con los requisitos exigidos para obtener la pensión
Corte Constitucional, S. T- 698 de 2009 - ¿Es procedente la acción de tutela para solicitar la protección de derechos de carácter prestacional? ¿La negativa de un fondo de pensiones a expedir el certificado de retiro del Sistema General de Pensiones al actor, por encontrarse frente a una múltiple vinculación en los regímenes pensionales, y la decisión del Seguro Social de no incluirlo en nómina por carecer de este certificado vulneraron los derechos fundamentales del accionante a elegir libremente una administradora de fondo de pensiones, al mínimo vital, dignidad humana y la seguridad social? Concedida. Seguridad social como derecho constitucional fundamental y su protección por medio de la acción de tutela. Mesada Pensional como concreción del derecho a la seguridad social y su conexidad con el derecho al mínimo vital. Multiafiliación en el Sistema General de pensiones.
Corte Constitucional, S. T- 580 de 2009 - ¿La acción de tutela procede para discutir la validez constitucional de dos sentencias que negaron la pensión sanción solicitada por el accionante en el curso del proceso ordinario laboral y, de ese modo, ordenar por vía de tutela el reconocimiento y pago de esa prestación? Concedida. Defecto sustantivo. A pesar de que el artículo 8º de la Ley 171 de 1961 fue derogado, aún produce efectos jurídicos, entre otros, para aquellas situaciones en las que el empleador estatal termina sin justa causa un contrato laboral y no afilió al trabajador oficial al sistema general de pensiones o lo afilió pero éste no tiene la posibilidad de acceder a la pensión de vejez, pues en estos casos la pensión sanción adquiere el carácter prestacional de reemplazar la pensión de vejez a la que no puede acceder el trabajador. La sola afiliación al sistema de seguridad social en pensiones no exonera al empleador del pago de la pensión restringida de jubilación
Corte Constitucional, S. T- 538 de 2007 - ¿Los derechos fundamentales del actor fueron vulnerados por el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, o por algún otro ente, al negarse el reconocimiento de la pensión de invalidez y el pago de las cesantías definitivas que él reclama, argumentando la entidad el retraso injustificado por parte del respectivo municipio en la afiliación de los docentes? Concedida transitoriamente. Saneamiento de la falta de vinculación inicial a la acción de tutela. Tutela como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. Procedencia excepcional de la acción de tutela para reclamar el reconocimiento y pago de pensiones de invalidez. Aplicación del Decreto 3752 de diciembre 22 de 2003 al caso concreto.
Corte Constitucional, S. T- 994 de 2003 - Pensionado beneficiario de pensión de sobreviviente. Régimen contributivo. Afiliación a compañera permanente que cumple con requisitos