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2010
Corte Constitucional, S. T- 345 de 2010 - ¿El Departamento accionado vulneró el derecho al acceso a la administración de justicia de las accionantes, personas de la tercera edad, al abstenerse de dar cumplimiento a los fallos proferidos en su contra por el Tribunal Administrativo que ordenaron el reconocimiento y pago de un reajuste a las mesadas pensionales de las demandantes? Concedida. El cumplimiento de providencias judiciales a través del ejercicio de la acción de tutela como elemento constitutivo del derecho de acceso a la administración de justicia. La actitud renuente de cumplir un fallo, comporta la omisión de una obligación ineludible que subsiste durante el tiempo en que la autoridad debía actuar y, sin embargo, se abstuvo de hacerlo. Cuando se trata de una persona de la tercera edad, resulta evidente que el trámite del proceso ejecutivo no es el medio idóneo ni eficaz para satisfacer su pretensión, toda vez que la solución de la controversia podría superar su expectativa de vida