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SENTENCIAS
Corte Constitucional, S. C- 146 de 2018 - Inepta demanda respecto de la expresión "la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados será del 12% del ingreso de la respectiva mesada pensional" contenida en el artículo 204 de la Ley 100 de 1994, adicionado por el artículo 1° de la Ley 1250 de 2008, por la posible violación de los artículos 13 y 48 de la Constitución. La demanda indicaba que el legislador debía adoptar una discriminación positiva a favor de los pensionados quienes asumen solos el 12% de la cotización mientras los trabajadores tan solo aportan el 4% ya que su empleador está a cargo del 8% restante, afectándose con ello su mínimo vital al disminuirse los ingresos de su mesada. Para la Corte estos cargos adolecían de los requisitos de claridad y especificidad
Corte Constitucional, S. C- 83 de 2019 - No encuentra la Corte que el inciso final del artículo 10 de la Ley 797 de 2003, al establecer que el monto de la pensión de vejez, solo se incrementa en un 1.5% por cada 50 semanas sufragadas, adicionales a las mínimas requeridas, y no de manera proporcional a las cotizaciones efectivamente realizadas por los afiliados, desconozca el artículo 48 de la Constitución Política. Ley 797 de 2003, "por el cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales"; Art. 10 (Art. 34 Ley 100) : Exequible