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2018
SENTENCIA C-320 de 2018 - Se declara la nulidad de la sentencia SU-310-17 por resultar violatoria del debido proceso, y se dispone la expedición de una sentencia de reemplazo por parte de la Sala Plena de la Corporación Unificación de jurisprudencia sobre imprescriptibilidad en materia pensional respecto al incremento del 14% por cónyuge o compañero a cargo
SENTENCIA C-146 de 2018 - Inepta demanda respecto de la expresión "la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados será del 12% del ingreso de la respectiva mesada pensional" contenida en el artículo 204 de la Ley 100 de 1994, adicionado por el artículo 1° de la Ley 1250 de 2008, por la posible violación de los artículos 13 y 48 de la Constitución. La demanda indicaba que el legislador debía adoptar una discriminación positiva a favor de los pensionados quienes asumen solos el 12% de la cotización mientras los trabajadores tan solo aportan el 4% ya que su empleador está a cargo del 8% restante, afectándose con ello su mínimo vital al disminuirse los ingresos de su mesada. Para la Corte estos cargos adolecían de los requisitos de claridad y especificidad
SENTENCIA C-135 de 2018 - El aumento en la edad de retiro forzoso de 65 a 70 años las personas que desempeñen funciones públicas no vulnera el mandato de no regresividad en materia laboral. \ Tampoco prospera el cargo por supuesto desconocimiento del principio de igualdad la expresión "pensión de jubilación" contenida en los artículos 2 y 3 por cuanto dicho vocablo debe leerse de forma armónica con el resto de disposiciones que hacen parte de la citada ley, de la cual se infiere que ella no incorpora ningún tipo de beneficio o distinción de trato entre sujetos que se encuentren en situaciones de hecho idénticas. \ En lo que respecta a la supuesta falta de razonabilidad en el artículo 2, en lo referente a la inaplicación de la causal de terminación de la relación legal y reglamentaria prevista en el parágrafo 3 del artículo 9 de la Ley 797 de 2003, la Corte concluyó que no existe en la Constitución precepto alguno que prohíba al Congreso otorgar la alternativa a los servidores del Estado de acceder a la pensión de vejez o, en su lugar, de continuar en el servicio hasta llegar a la edad de retiro forzoso, lo que implica, correlativamente, la facultad de inaplicar las disposiciones que impidan hacer de uso de dicha opción. Ley 1821 de 2016, "por medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones público" : Exequible
SENTENCIA C-134 de 2018 - Fallo inhibitorio por inepta demanda en relación con el cargo formulado contra el parágrafo del artículo 13 de la Ley 797 de 2003 - por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales- que establece que se requerirá que el vínculo entre el padre, el hijo o el hermano inválido sea el establecido en el Código Civil, en donde en criterio del demandante se excluye a los hijos, padres y hermanos inválidos de crianza de la posibilidad de acceder a la pensión de sobrevivencia\ Lo anterior no impide que el juez de tutela continúe pronunciándose sobre el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes a favor de los miembros de la familia de crianza, siempre que, en cada caso, encuentre satisfechos los requisitos que por vía jurisprudencial se han establecido para el efecto, y hasta tanto el legislador defina el régimen legal a través del cual desarrolle los requisitos y procedimientos para que los miembros de la familia de crianza puedan acceder a la pensión de sobrevivientes de la misma forma en la que acceden quienes logran acreditar un vínculo según la normatividad civil
SENTENCIA C-105 de 2018 - Inepta demanda contra de la expresión "a la fecha de estructuración", contenida en el numeral 1º del artículo 1º de la Ley 860 de 2003, "por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones ", al no reunir los requisitos certeza y especificidad que le permitieran emitir un pronunciamiento de fondo acerca de su constitucionalidad, toda vez que no se predica del contenido de la norma acusada, sino que se deriva de una interpretación subjetiva de los demandantes acerca de su alcance, sustentada en casos particulares y no en una confrontación del texto legal y la Constitución
SENTENCIA C-84 de 2018 - Exequible la Ley 1821 de 2016, "por medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas", en relación con los siguientes cargos a saber: (i) violación del principio de publicidad, respecto de varias actuaciones realizadas a lo largo del trámite legislativo; (ii) desconocimiento de las reglas de convocatoria a sesiones extraordinarias; (iii) vulneración de los principios de racionalidad de la ley y de mérito en el acceso a la función pública, en armonía con el derecho a la renovación laboral, por cuanto la ley impugnada carece de un objetivo constitucional válido, restringe la idoneidad del servicio únicamente al factor edad e impide que tenga aplicación el derecho al relevo generacional que surge del artículo 40.7 del Texto Superior; y finalmente, (iv) la infracción de los artículos 125 y 131 de la Constitución, aunado a la violación de los derechos adquiridos y los principios de buena fe, confianza legítima e igualdad, toda vez que el aumento realizado por el Congreso en la edad de retiro forzoso (de 65 a 70 años) desconoció la firmeza de varias listas de elegibles, que crearon derechos subjetivos de carácter particular y concreto, y que, como parte de las reglas del concurso de méritos para el acceder al servicio público, no podían ser alteradas ni modificadas por el legislador
SENTENCIA C-81 de 2018 - La Corte se inhibe de emitir un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad de la expresión "el afiliado no podrá trasladarse de régimen cuando le faltaren diez (10) años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez" contenida en el literal e) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993 modificado por el artículo 2 de la Ley 797 de 2003. \ Para los demandantes, el aparte demandado desconoce los derechos de los adultos mayores de 50 años que no tienen empleo ni ingresos suficientes, que al no poder trasladarse, debido a la prohibición de cambio de régimen cuando le faltaren diez (10) años o menos para cumplir la edad para tener derecho a la pensión de vejez, no pueden acceder al programa estatal que subsidia los aportes a pensión. Para la Corte el acceso a las afiliaciones al Subsidio al Aporte para Pensión que adelanta el administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional se encuentra cerrado, según lo dispone el artículo 212 de la Ley 1753 de 2015, a partir de la reglamentación expedida en el Decreto 387 de 2018, y por tal motivo los cargos que sustentan la demanda de inconstitucionalidad (desconocimiento de los derechos a la igualdad y a la seguridad social) se tornan inocuos
SENTENCIA C-66 de 2018 - INEXEQUIBLE el Proyecto de Ley número 062 de 2015 Cámara- 170 de 2016 Senado, acumulado con el P.L. No. 008 de 2015 Cámara "Por la cual se modifica la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados", disminuyendo la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados del 12 % al 4% del ingreso de la respectiva mesada pensional. Concluyó que las objeciones de inconstitucionalidad formuladas por el Gobierno nacional frente a la exigencia del aval gubernamental establecida en el artículo 154 de la Carta Política estaban fundadas
SENTENCIA C-20 de 2018 - Proyectos de inversión. Destinación de recursos del sistema general de regalías para el ahorro pensional territorial, una vez cubiertos sus pasivos pensionales, a proyectos de implementación del acuerdo final de paz. Control de constitucionalidad del Acto Legislativo 04 de 2017, por medio del cual se adiciona el artículo 361 de la Constitución Política. Luego de verificar que el Acto Legislativo precitado cumplió con los requisitos de competencia previstos por el Acto Legislativo 1 de 2016¸ los requisitos formales dispuestos por el mismo acto normativo y los requisitos formales ordinarios previstos por la Constitución y el reglamento del Congreso para el trámite y la aprobación de normas de dicha clase, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió declararlo EXEQUIBLE
SENTENCIA C-1 de 2018 - INEXEQUIBLE la expresión "sirvientes" contenida en el artículo 2267 del Código Civil, la cual en lo sucesivo debe sustituirse por las expresiones "trabajadores", "empleados", "contratistas", "dependientes", o cualquiera similar, que en el ordenamiento jurídico colombiano se utilice para referirse al individuo que desarrolla actividades o presta servicios personales a favor de otra, a cambio de una contraprestación económica, en razón de una relación jurídica que las vincula