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2017
SENTENCIA UNIFICADA T-310 de 2017 - Mediante Auto 320 de fecha 23 de mayo de 2018, se declara la NULIDAD de la presente providencia por resultar violatoria del debido proceso, y se dispone la expedición de una sentencia de reemplazo por parte de la Sala Plena de la Corporación Unificación de jurisprudencia sobre imprescriptibilidad en materia pensional respecto al incremento del 14% por cónyuge o compañero a cargo. En este caso se revisaron once acciones de tutela formuladas en contra de providencias judiciales y Colpensiones. La Sala Plena llega a las siguientes conclusiones: i). Las autoridades judiciales accionadas no incurrieron en desconocimiento del precedente jurisprudencial en materia de imprescriptibilidad de los incrementos pensionales, en tanto la Corte Constitucional hasta el momento no había proferido una posición uniforme en la materia. ii). En virtud del mandato constitucional de in dubio pro operario, la interpretación que resulta más favorable a los intereses de los pensionados es aquella según la cual los incrementos pensionales no prescriben con el paso del tiempo. iii) las mesadas causadas y no reclamadas oportunamente sí prescriben conforme a la regla general de prescripción de las acreencias laborales contenidas en el artículo 488 del CST. iv)