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JURISPRUDENCIA : PAGO DE LA PENSIÓN : AUTORIZACIÓN A UN TERCERO PARA SU COBRO
Corte Constitucional, S. T- 422 de 2008 - ¿Los derechos invocados, están siendo vulnerados por el Banco BBVA o por la vinculada Fiduciaria La Previsora S.A., al negarse a pagar las mesadas por concepto de la pensión de invalidez del actor, a pesar de haberse cumplido con la documentación requerida para ser cobradas por un tercero designado por él? Concedida. Procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez. Afectación de derechos por la negación o interrupción del pago de una pensión cuando el actor válidamente autorizó a un tercero su cobro.
Corte Constitucional, S. T- 416 de 2008 - ¿Era posible que se autorizare a la actora el pago de la mesada pensional que le fue reconocida a su padre, teniendo en cuenta que si por su delicado estado de salud, él se encontraba imposibilitado para autorizar a un tercero el pago de la misma? Negada. Procedencia excepcional de la tutela para el pago de acreencias laborales. Derecho al pago oportuno de las mesadas pensionales. Mínimo vital, protección especial para las personas de la tercera edad. En dicho momento no le allegó una prueba siquiera sumaria que permitiere acreditar que dado el delicado estado de salud de su padre, éste se encontrare imposibilitado para dirigirse directamente u otorgar una autorización especial con el fin de cobrar la correspondiente mesada pensional. Así las cosas, no podría endilgar una conducta reprochable a FOPEP.