Inicio / NORMATIVIDAD RELACIONADA CON EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y EL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES / JURISPRUDENCIA / JURISPRUDENCIA : SELECCIONADA Y ANALIZADA / ÍNDICE TEMÁTICO A... Z / TEMAS SOBRE PENSIONES / P / JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE INVALIDEZ / JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE INVALIDEZ : GENERALIDADES / JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE INVALIDEZ : GENERALIDADES : JURISPRUDENCIA : CORTE CONSTITUCIONAL / JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE INVALIDEZ : GENERALIDADES : REVISIÓN DE TUTELA
| JURISPRUDENCIA : REVISIÓN DE TUTELA : 2008 | |
| Corte Constitucional, S. T- 1213 de 2008 - ¿Procede la acción de tutela para reclamar el reconocimiento de la pensión de invalidez?¿La aplicación de los requisitos para acceder a la pensión de invalidez contenidos en la Ley 860 de 2003 vulnera el contenido específico del principio de progresividad? Concedida. Protección constitucional a la seguridad social. Principio de progresividad en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Aplicación del principio de progresividad en sede de tutela en el caso específico del derecho a la seguridad social en su contenido de derecho a la pensión de invalidez. | |
| Corte Constitucional, S. T- 1042 de 2008 - ¿Existe vulneración de los derechos fundamentales del actor ante la falta del reconocimiento de la pensión de invalidez por parte del ISS, bajo el argumento de que éste no reúne los requisitos establecidos en el artículo 39 de la ley 100 de 1993, dado que a la fecha de la estructuración de su invalidez no se encontraba afiliado al sistema de seguridad social en pensiones y no había efectuado ningún aporte al mismo? Postulados para la procedencia de la acción de tutela frente a la solicitud de reconocimiento y pago de pensiones. La actuación del ISS, no vulneró ni amenazó los derechos fundamentales del actor, por cuanto no se advierte contradicción con los preceptos legales y constitucionales, al no cumplir con los requisitos para el reconocimiento de su mesada pensional teniendo en cuenta la fecha de estructuración de su invalidez, y por ende no estar plenamente demostrado que el recurrente tiene el correspondiente derecho. | |
| Corte Constitucional, S. T- 1040 de 2008 - ¿Se vulneran los derechos fundamentales de los actores, quienes padecen una enfermedad catastrófica y degenerativa, ante la negativa de reconocimiento de la pensión de invalidez por parte de las entidades demandadas, bajo el argumento de no haber acreditado las cotizaciones mínimas e incumplir con la fidelidad al sistema que exige la ley, aduciendo que la negativa se encuentra fundamentada en una norma vigente al momento de la estructuración de la pérdida de la capacidad laboral, pese a que la misma fue declarada posteriormente inexequible, o exige requisitos más gravosos que la norma anterior? Concedida. Protección constitucional a la seguridad social. Tratamiento constitucional y legal del derecho a la pensión de invalidez como parte de la seguridad social. resulta desproporcionado que se les exija una fidelidad desde el momento que cumplieron 20 años de edad, cuando los accionantes YY y ZZ superan los cincuenta años de edad , y cuando el Sistema General de Pensiones, respecto del que se les exige mantenerse fiel, no existía para la época en que cumplieron 20 años. Por tanto, el presupuesto en mención solamente tiene sentido, en dado caso, cuando se haga propicia esa afiliación a quienes cumplan dicha condición a partir del momento en el cual el sistema entra en vigencia, para que puedan ser incentivados a afiliarse a él. | |
| Corte Constitucional, S. T- 1030 de 2008 - Solicitud de reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, en aquellos casos en que, como consecuencia de una modificación de carácter legal, se imponen requisitos más exigentes para la consecución de dicha prestación. Protección especial al discapacitado en el ordenamiento constitucional. Procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento de la pensión de invalidez. Aplicación del principio de progresividad en sede de tutela. El derecho a la seguridad social en su contenido específico de derecho a la pensión de invalidez. Concedida. | |
| Corte Constitucional, S. T- 1013 de 2008 - ¿La negación en el otorgamiento de la pensión de invalidez del demandante constituye una violación a los principios legales y constitucionales que sirven de sustrato a la seguridad social en Colombia? Concedida. Protección constitucional a la seguridad social. Principio de progresividad en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Derecho a la pensión de invalidez y las exigencias establecidas entre el originario artículo 39 de la Ley 100 y el actual artículo 39 con las modificaciones incluidas por el artículo 1º de la Ley 860 de 2003. Análisis de los textos normativos frente al principio de progresividad. Aplicación del principio de progresividad en sede de tutela en el caso específico del derecho a la seguridad social en su contenido de derecho a la pensión de invalidez. | |
| Corte Constitucional, S. T- 952 de 2008 - ¿El Seguro Social ha vulnerado los derechos a la seguridad social, a una vida digna y al mínimo vital de la actora como consecuencia de la negativa en el reconocimiento de la pensión de invalidez bajo el argumento de que ella no cumple con las semanas de cotización exigidas por el Decreto 232 de 1984, por el cual se aprueba el Acuerdo Número 019 emanado del consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios? Concedida. Procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento de la pensión de invalidez. Fundamento de la Protección constitucional a las personas discapacitadas. Derechos a la salud, a la seguridad social y la pensión de invalidez. Estado de invalidez de origen no profesional. Interpretación flexible del requisito de los periodos de cotización. | |
| Corte Constitucional, S. T- 938 de 2008 - ¿Un fondo de pensiones y cesantías ha vulnerado derechos fundamentales del actor, al no reconocerle la pensión de invalidez, con base en que no cumple, presuntamente, los requisitos de tiempo de cotización y fidelidad al sistema general de pensiones, dispuesto por el artículo 1 de la Ley 860 de 2003? Concedida. Procedencia excepcional de la tutela para el reconocimiento de pensiones de invalidez. Tránsito legislativo en el cumplimiento de los requisitos para acceder a la pensión de invalidez. | |
| Corte Constitucional, S. T- 826 de 2008 - ¿Es procedente la tutela para obtener el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, en aquellos casos en que como consecuencia de una modificación de carácter legal, se imponen requisitos más exigentes para la consecución de dicha prestación? Concedida. Protección especial del discapacitado en el ordenamiento constitucional. Procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento de la pensión de invalidez. Aplicación del principio de progresividad en sede de tutela. El derecho a la seguridad social en su contenido específico de derecho a la pensión de invalidez. | |
| Corte Constitucional, S. T- 550 de 2008 - Procedencia de la acción de tutela para proteger los derechos de quien padece VIH o SIDA. Pensión de invalidez, procedencia excepcional de la tutela para reclamarla. Regresividad del artículo 39 de la Ley 100 de 1993 subrogado por el artículo 1° de la Ley 860 de 2003. Aplicación de la excepción de inconstitucionalidad. Concedida. | |
| Corte Constitucional, S. T- 498 de 2008 - ¿Vulneró el ISS, los derechos fundamentales de la actora al negar el reconocimiento de la pensión de invalidez que solicita, con el argumento de que no cumple con el número de semanas exigidas previas a la estructuración de la invalidez, por existir mora en el pago de los aportes? Concedida. Procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez. Los requisitos legales para acceder a la pensión de invalidez. Pago de aportes extraordinarios al Sistema General de Pensiones con posterioridad a la estructuración de la invalidez. Allanamiento en mora. Obligación en general de agotar los recursos en vía gubernativa como requisito para poder acudir al amparo constitucional. | |
| Corte Constitucional, S. T- 494 de 2008 - ¿CAPRECOM violó los derechos fundamentales al mínimo vital, a la vida digna y al debido proceso del actor, al expedir el acto administrativo que disminuyó el monto de su pensión de invalidez, modificando la base con que liquidó la pensión, y ordenando reintegrar el mayor valor recibido a partir de la fecha en que quedó en firme el dictamen expedido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá? Concedida. Procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento o revisión de prestaciones sociales. Naturaleza Jurídica de la Pensión de invalidez y su carácter de fundamental. Derechos adquiridos y su aplicación en materia de seguridad social. | |
| Corte Constitucional, S. T- 344 de 2008 - ¿Es procedente la acción de tutela para obtener el reconocimiento de una pensión de invalidez por riesgo común, por violación de los derechos fundamentales de su beneficiario a la salud, vida digna y mínimo vital? ¿La desafiliación de un paciente del sistema de salud, como consecuencia de la terminación de la relación laboral, a pesar de requerir de manera inmediata y permanente de la prestación de los servicios de salud debido a sus enfermedades físicas y mentales, y de encontrarse sometido a un tratamiento médico en curso, vulnera sus derechos fundamentales a la salud y vida digna? Concedida parcialmente. Principio de subsidiariedad de la acción de tutela. Improcedencia de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento de una pensión. La desvinculación laboral del paciente, y en consecuencia, su desafiliación del sistema de salud, no constituye una razón legítima a la luz de la Constitución para interrumpir abruptamente la atención médica que éste requiere para la recuperación de su estado de salud. | |
| Corte Constitucional, S. T- 328 de 2008 - ¿Una AFP ha vulnerado los derechos fundamentales de la actora al negar el reconocimiento de su pensión de invalidez? ¿La Junta Nacional de Calificación de Invalidez ha vulnerado los derechos fundamentales de la actora al disminuir el porcentaje de pérdida de la capacidad laboral decretada por la Junta Regional de Calificación de Invalidez y no tener en cuenta la patología que sirvió de fundamento para que este organismo emitiera el dictamen? Concedida. La Junta Nacional de Calificación de Invalidez vulneró el derecho al debido proceso administrativo de la actora por no haber motivado su dictamen a partir de todos los exámenes que obraban en el expediente administrativo correspondiente. | |
| Corte Constitucional, S. T- 287 de 2008 - ¿Vulneraron las entidades accionada los derechos fundamentales de petición, a la igualdad, a la seguridad social y al mínimo vital de la actora, al negarle el reconocimiento de la pensión de invalidez por no acreditar el requisito contemplado en el artículo 1 de la Ley 860 de 2003, que exige una fidelidad al sistema del 20% del tiempo transcurrido entre el momento en que la persona cumplió 20 años de edad y la fecha de la primera calificación del estado de invalidez? Concedida. Condiciones constitucionales para la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento y cobro de acreencias laborales y pensionales. Negativa al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez con base en la aplicación de disposiciones contrarias al principio de progresividad de los derechos sociales. | |
| Corte Constitucional, S. T- 145 de 2008 - ¿Vulnera el ISS los derechos fundamentales de la actora al negarle el reconocimiento de la pensión de invalidez por no cumplir con las semanas requeridas y, le otorgó en su lugar una indemnización sustitutiva? Procedencia excepcional de la acción de tutela para impetrar el reconocimiento de la pensión de invalidez. Efectos del tránsito legislativo en los requisitos para la pensión de invalidez. No hay razón para aplicar al caso, las disposiciones resultantes del tránsito normativo operado en virtud de la Ley 860 de 2003, dada la cercanía entre la fecha en que se estructuró su invalidez y la modificación normativa que impuso condiciones más estrictas para el reconocimiento y pago de la prestación por él solicitada. | |
| Corte Constitucional, S. T- 110 de 2008 - ¿La negativa de un fondo de pensiones de reconocer la pensión de invalidez a la peticionaria, con base en lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 860 de 2003 y, de forma particular, por no cumplir con el requisito de fidelidad al sistema establecido por la disposición mencionada, vulnera sus derechos fundamentales a la seguridad social en pensiones en conexidad con el mínimo vital, a la vez que desconoce la especial protección debida a las personas discapacitadas? Concedida. Requisitos de procedibilidad de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez. Tránsito normativo ocurrido entre la ley 100 de 1993 y la Ley 860 de 2003. Principio de progresividad y la prohibición de adoptar medidas regresivas en materia de seguridad social. | |
| Corte Constitucional, S. T- 104 de 2008 - ¿Ante la demora en resolver su solicitud relativa al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez el ISS y un fondo de pensiones transgreden los derechos fundamentales a la vida en conexidad con el mínimo vital, a la salud y a la seguridad social del actor? Concedida. Requisito de fidelidad al sistema previsto en el artículo 1º de la Ley 860 de 2003 y el principio de progresividad a la luz del caso concreto. Inaplicación del artículo 1 de la Ley 860 de 2003. | |
| Corte Constitucional, S. T- 78 de 2008 - ¿La negativa del Seguro Social, Seccional Valle, de reconocerle a la actora la pensión de invalidez que reclama bajo el argumento que no cumple con el requisito de semanas mínimas de cotización previsto en el artículo 1° de la Ley 860 de 2003, constituye una vulneración de los derechos fundamentales invocados por ella? Concedida. Procedencia excepcional de la acción de tutela para ordenar el reconocimiento de la pensión de invalidez. Principio de progresividad. Requisitos para obtener el derecho a la pensión de invalidez y efectos del tránsito legislativo. Modificaciones introducidas por las leyes 797 y 863 de 2003 a los requisitos establecidos por la Ley 100 de 1993 para acceder a la pensión de invalidez de origen común. | |
| Corte Constitucional, S. T- 77 de 2008 - ¿La negativa de una administradora de fondo de pensiones y cesantías de reconocerle al actor la pensión de invalidez que reclama bajo el argumento que no cumple con los requisitos previstos en el artículo 1 de la Ley 860 de 2003, constituye una vulneración de los derechos fundamentales invocados por el actor? Concedida. Principio de progresividad. Requisitos señalados por la Sentencia T-047 de 2007 para proteger los derechos fundamentales vulnerados por la negativa al reconocimiento y pago de la pensión de invalidez con ocasión del tránsito normativo que ha operado en la materia. Modificaciones introducidas por las leyes 797 y 863 de 2003 a los requisitos establecidos por la Ley 100 de 1993 para acceder a la pensión de invalidez de origen común. Protección constitucional reforzada de los discapacitados y las personas que padecen de VIH. | |
| Corte Constitucional, S. T- 69 de 2008 - ¿Se violan los derechos al mínimo vital, a la seguridad social y de petición de un afiliado al sistema general de seguridad social cuando la administradora de pensiones ante la cual cotizó niega el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, fundada en una norma que si bien se encuentra vigente al momento de la estructuración de la invalidez, es prima facie, contraria al principio de progresividad de los derechos sociales? Concedida. Excepción de inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 860 de 2003. Condiciones constitucionales para la procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento y cobro de acreencias laborales y pensionales. Inaplicación de los requisitos para obtener la pensión de invalidez por desconocimiento del principio de no regresividad. | |
| Corte Constitucional, S. T- 236 de 2008 - ¿Vulneró el ISS los derechos fundamentales del actor al negar el reconocimiento de la pensión de invalidez que solicita, con el argumento de que no cotizó para pensiones en el año inmediatamente anterior a la estructuración de la invalidez, por existir mora en el pago de los aportes (ciclos no cancelados y pagos extemporáneos)? Concedida. Sujetos de especial protección Procedencia excepcional de la tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez. Requisitos legales para acceder a la pensión de invalidez. Pago de aportes extraordinarios al Sistema General de Pensiones con posterioridad a la estructuración de la invalidez. Allanamiento en mora. Trato especial por extrema vulnerabilidad del actor. | |
| Corte Constitucional, S. T- 103 de 2008 - ¿Existe violación del derecho fundamental al mínimo vital de la actora porque la entidad accionada que negó el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez? Postulados procedimentales para la procedibilidad del reconocimiento y pago de pensiones. Requisitos para el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez y el cambio normativo introducido por la Ley 860 de 2003. | |