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JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE GRACIA : SUSPENSIÓN
Corte Constitucional, S. T- 600 de 2007 - ¿La orden emitida por Cajanal, en el sentido de suspender el pago de la mesada de pensión gracia de la peticionaria, vulnera sus derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social en conexidad con el mínimo vital y la vida digna? Concedida. Elementos mínimos del debido proceso administrativo. Improcedencia de la revocatoria directa de actos de carácter particular y concreto. Presunción de vulneración al mínimo vital por suspensión en el pago de la mesada pensional. Vulneración a la seguridad social, en conexidad con el mínimo vital y la vida digna.