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JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE : BENEFICIARIOS : COMPAÑERA (O) PERMANENTE : CONSEJO DE ESTADO
CE SII E 2407 de 2008 - Las sustitución pensional de compañera permanente de congresista se debe reajustar de acuerdo a la norma vigente al momento en que el derecho se hizo exigible.
CE SI E 757 de 2008 - Régimen de excepción de la Ley 100 de 1993, respecto de la sustitución pensional. Normas aplicables a los docentes en pensiones ordinarias de Cajanal. Concepto y alcance de familia desde la perspectiva materia y formal. Beneficiarios de la pensión de sobrevivientes en el régimen de prima media. Convivencia efectiva en pensión de sobrevivientes. Requisitos para el cónyuge o compañero permanente. Valoración de la prueba testimonial en materia de convivencia efectiva. La procreación de uno o más hijos anterior al divorcio no suple los dos años de convivencia efectiva.