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| JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE : IMPRESCRIPTIBILIDAD | |
| Corte Constitucional, S. T- 395 de 2013 - ¿Vulneraron las entidades demandadas los derechos fundamentales del accionante al negarle la sustitución pensional al fallecer su madre, sin tener en cuenta que se trata de una persona discapacitada y que dependía económicamente del casusante? Concede - La situación dilucidada no supone admitir la figura de la sustitución de la sustitución pensional, ciertamente no prevista en nuestro ordenamiento jurídico. En el caso presente es claro que el derecho a sustituir lo deriva el demandante inválido de su padre pues, según se ha concluido, la causa de su invalidez fue anterior a la muerte del causante. El demandante bien pudo compartir el derecho a la sustitución con su madre. El que no lo reclamara no supone que lo haya perdido por cuanto este, en sí mismo resulta imprescriptible, fenómeno que, como bien se sabe, solo afectaría las mesadas causadas y no solicitadas oportunamente | |