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JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE VEJEZ : DEL ORDEN NACIONAL
CE SP E 85 de 2006 - ¿El reajuste pensional solamente aplica para pensiones decretadas del orden nacional, como expresamente lo prevé el artículo 116 de la Ley 6 de 1992, y no puede hacerse extensiva a los pensionados distritales? Pensión de jubilación - Reajuste. Pensión de jubilación del orden nacional. Pensión de jubilación del orden distrital