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JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE VEJEZ : REQUISITOS : CORTE CONSTITUCIONAL : 2017
Corte Constitucional, S. T- 37 de 2017 - ¿COLPENSIONES vulneró los derechos fundamentales del accionante al negarle el reconocimiento y pago de la pensión de vejez, bajo el argumento de que no cumple con el tiempo de cotización exigido en el Acuerdo 049 de 1990, a pesar de que acreditó la cotización de 1002 semanas? Pensión de vejez. Reconocimiento bajo requisitos del acuerdo 49 de 1990. La Sala concluye que COLPENSIONES vulneró los derechos fundamentales a la seguridad social, a la vida digna y al mínimo vital del accionante al negarle el reconocimiento de su pensión de vejez con base en el requisito de cotización exclusiva al ISS, el cual no está previsto en el artículo 12 del Acuerdo 049 de 1990 y sobre el que se ha pronunciado la jurisprudencia constitucional para descartar su regencia