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J : PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO : ACUERDO CONCILIATORIO
CE SIII E 18291 de 2008 - ¿Es procedente aprobar la conciliación judicial celebrada entre las partes de una acción de reparación directa? Cumplimiento de los requisitos para la aprobación de un acuerdo conciliatorio. El acuerdo conciliatorio hace tránsito a cosa juzgada.
CE SIII E 30243 de 2007 - En materia judicial, corresponde al Procurador General de la Nación, por sí mismo y, por intermedio de sus delegados, intervenir en los procesos cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales. Contrato de estatal de consultoría. Entidades territoriales - Plan de ordenamiento ambiental. Ministerio público - Competencia. Proceso contencioso administrativo - Acuerdo conciliatorio