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J : PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO : SANEAMIENTO DE NULIDAD
CE SII E AC1063 de 2009 - Procedencia de tutela contra providencia judicial. Objeto del debido proceso. Derecho fundamental al acceso a la administración de justicia. Excepción a la denegación de justicia a través de fallos inhibitorios. Poder oficioso del juez que le impone el saneamiento del proceso a través de la integración del litisconsorcio necesario.
CE SIII E 16975 de 2009 - Saneamiento de nulidad procesal. El hecho de haber tenido por no contestado el llamamiento en garantía por el a quo no puede considerarse como causal de nulidad procesal por no haber sido impugnada oportunamente por alguno de los sujetos que actúan dentro del proceso. falla en el servicio por parte de la Policía Nacional, pues, uno de sus agentes participó en la planeación y ejecución de la muerte y en las lesiones, con su arma de dotación, estando en servicio activo e invocando su condición de agente de la demandada Policía Nacional, no obstante lo cual el hecho estuvo alejado del cumplimiento de sus deberes oficiales y de estarlo se produjo por una falla en el servicio, pues las víctimas fueron ejecutadas en estado de indefensión y por lo tanto en forma arbitraria, mientras se encontraban bajo la custodia del Estado. Modificación de los gramos oro por salarios mínimos para la determinación de los perjuicios morales.
CE SP E 594 de 2008 - ¿La nulidad procesal proveniente de la falta de competencia por factor distinto al funcional es saneable? La competencia por el factor territorial es un asunto que debe determinarse al inicio del proceso y si, por alguna circunstancia, dicha competencia se definió de manera equivocada y la parte afectada no alegó el error como excepción previa, el artículo 144 del C.P.C. establece que el juez que empezó a conocer del proceso, debe continuar haciéndolo. Tribunal administrativo - Competencia territorial. Acción de reparación directa. Proceso contencioso administrativo - Nulidad. Saneamiento de nulidad. Conflicto de competencias