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JURISPRUDENCIA : SALARIO : REAJUSTE : CC
Corte Constitucional, S. C- 911 de 2012 - ¿El legislador, al expedir la norma que ordena que la fijación del salario mínimo modifica automáticamente la estipulación contractual que prevea un salario inferior, incurrió en una omisión legislativa relativa, por infracción del mandato constitucional de trato igual ordenado en el artículo 13 de la Constitución Política y el carácter móvil de todos los salarios y no solamente de los inferiores al mínimo? La Corte reafirmó que el mantenimiento del poder adquisitivo de los salarios bajos tiene el carácter de intangible, en razón a la protección constitucional reforzada que la Constitución les dispensa. Por el contrario, quienes ganan salarios más altos no son necesariamente sujetos de una protección salarial reforzada y su derecho a mantener el poder adquisitivo real del salario puede recibir distinto tratamiento, siempre que esté justificado de manera razonable. Cuando el artículo 53 de la Constitución alude al salario móvil, está consagrando el derecho a mantener el poder adquisitivo del salario, pero este mandato no puede interpretarse como lo hace el demandante, en el sentido en que todos los salarios superiores al mínimo deben ajustarse anualmente en el mismo porcentaje en que haya sido incrementado aquél. Código Sustantivo del Trabajo; Art. 148 : Exequible