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| EXPEDIENTE No. 824 de 2010 - ¿Considerando que no existe norma expresa que regule la procedencia de la sustitución de la pensión gracia para docentes, ésta puede presentarse? A pesar de que la pensión gracia cuente con una causa jurídica distinta a las pensiones ordinarias, a efectos de realizar su sustitución, se deberán seguir los parámetros aplicables para el caso de la sustitución de las primeras, como quiera que en todo caso, sí comparten naturaleza y finalidad | |
| EXPEDIENTE No. 7782 de 2010 - Prestaciones sociales de empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA | |
| EXPEDIENTE No. 5242 de 2010 - Instituciones hospitalarias. Sujeto obligado del pasivo prestacional en forma concurrente. Pago prestacional del fondo del pasivo prestacional para el sector salud. Le corresponde a la nación y a las entidades territoriales. Instituciones de salud. Ley 60 de 1993 y Ley 715 de 2001 las excluye de la responsabilidad financiera. Potestad reglamentaria. El gobierno nacional sin competencia. Ley orgánica. Facultad exclusiva del legislador ordinario para modificarla. Gobierno Nacional. No tiene competencia para modificar una ley orgánica por medio de decretos. Demanda de Nulidad Decreto 306 de 2004. Se decreta la nulidad parcial de la expresión " y las instituciones hospitalarias concurrentes" contenida en el literal d) artículo 3º, en los incisos 3º y 4º del numeral 1 del artículo 7º y en los artículos 10º y 11º | |
| EXPEDIENTE No. 112 de 2010 - ¿Los factores salariales, establecidos en la Ley 33 de 1985, para liquidar una pensión de jubilación, son taxativos? ¿Qué factores constituyen salario? | |
| EXPEDIENTE No. 1071 de 2010 - La pensión de gracia es compatible con la pensión de invalidez. Alcance del literal A numeral segundo del artículo 15 de la Ley 91 de 1989. Consideraciones en torno al alcance de la sentencia C-395 de 2007, en la que se demandó la inconstitucionalidad de la expresión "pensión ordinaria de jubilación" . Es además la pensión de gracia un derecho sustituible | |