ACUERDO 1 DE 2019
(enero 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, COLPENSIONES
<NOTA DE VIGENCIA : Acuerdo derogado por el artículo 3 del Acuerdo 6 de 2020>
“Por el cual se actualiza el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y se derogan los acuerdos 114 y 126 de 2017”
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES)
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 309 de 2017, el Acuerdo 106 de 2017, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007 creó a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), como una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Que el objeto de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), es la administración estatal del Régimen de Prima Media con Prestación Definida y de los beneficios económicos periódicos de que trata el Acto Legislativo 01 de 2005, para lo cual se encuentra autorizado por la ley.
Que mediante Decreto 4121 de 2011, se cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), al de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial.
Que mediante Acuerdo 114 del 17 de mayo de 2017 la Junta Directiva unificó los diferentes manuales de administración de riesgos de la entidad y adoptó el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de Colpensiones.
Que en virtud de las recomendaciones efectuadas por la Superintendencia Financiera de Colombia y con el propósito de mejorar continuamente la gestión de riesgos de Colpensiones, se hace necesario ajustar las partes I, III, IV del actual Manual y agregar la Parte V relacionada con el Sistema de Administración de Riesgos de la Información y Ciberseguridad.
Que la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) en sesión del 21 de enero de 2019, aprobó la actualización al Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO. <Artículo derogado por el artículo 3 del Acuerdo 6 de 2020> Aprobar el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), que hace parte de este acuerdo con cinco partes y se adjunta como anexo.
ARTÍCULO SEGUNDO. <Artículo derogado por el artículo 3 del Acuerdo 6 de 2020> El Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos que se adopte mediante este Acuerdo, deberá ser comunicado a las dependencias correspondientes por la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales.
ARTÍCULO TERCERO. <Artículo derogado por el artículo 3 del Acuerdo 6 de 2020> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo 114 del 17 de mayo de 2017, el Acuerdo 126 del 30 de noviembre de 2017 y todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C,. a los 21 enero 2019
FELIPE NEGRET MOSQUERA
Presidente de la Junta Directiva
OSCAR EDUARDO MORENO ENRÍQUEZ
Secretario Tecníco de la Junta Directiva