CONCEPTO 7078 DE 2008
(junio 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES
D.J.N.
Bogotá D.C.
PARA: XXXXXXXXXXXXXXX
DE: Dirección Jurídica Nacional – Unidad de Seguros
ASUNTO: Aplicación normativa del artículo 13 de la Ley 50 de 1886
Respetada Doctora:
Con el objeto de atender las inquietudes formuladas ante este Despacho por parte de la seccional Cundinamarca y Distrito Capital y que se orientan a determinar la interpretación de la condición contenida en el artículo 13 de la Ley 50 de 1886 relacionada con la recepción de un auxilio del tesoro público para la producción de un texto de enseñanza con el propósito de fijar un periodo de equivalencia de dos años de servicios prestados a la Institución Pública para el computo total de tiempos laborados para el reconocimiento y pago de una pensión de jubilación, esta Dirección solicitó concepto sobre el particular ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor, a través del oficio DJN US 3097 del 13 de marzo de 2008, copia del cual allego un ejemplar para su conocimiento y fines pertinentes a que haya lugar.
En igual sentido, para enriquecer la discusión sobre el asunto de autos, anexo a esta comunicación la respuesta que fue remitida a este Despacho por parte de la Entidad en mención.
Lo anterior con el propósito que se definan las estrategias y parámetros que sean necesarios para la debida aplicación de la normatividad antes señalada por parte de los respectivos Centros de Decisión de Prestaciones Económicas.
Cordialmente,
SERGIO HERNANDO COLMENARES PORRAS
Director Jurídico Nacional
RAMG/jaac
Rad. 4056
Auxilio Tesoro Público – ley 50 1886
03 jun 08