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CONCEPTO 12727 DE 2005

(agosto 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

D.J.N.

Bogotá, D.C.

PARA: XXXXXXXXXXXXXXX

DE: Dirección Jurídica Nacional – Unidad de Seguros

ASUNTO: VP.DPSA. No. 9665-Validez Aportes Régimen Subsidiado

Damos respuesta al oficio de la referencia, mediante el cual solicita concepto en cuanto a la validez de los períodos que fueron pagados por el asegurado a través del Régimen Subsidiado de Pensiones, pero en los que operó la devolución del subsidio; para efectos de reconocimiento de retroactivo o reliquidación de la mesada.

Al respecto manifestamos que lo solicitado no amerita concepto jurídico, teniendo en cuenta que la validez de los períodos, depende del proceso de verificación que se efectúa a través de la Gerencia Nacional de Mercadeo de Pensiones - Vicepresidencia de Pensiones – Proceso netamente operativo, que una vez efectuado establecería entre otros: si hay lugar a solicitar nuevamente al Consorcio Prosperar S.A. el reintegro o no del subsidio devuelto con VP-5584-0308, la reincorporación de los períodos en controversia a la historia laboral para efectos pensionales o en su defecto, el reconocimiento de retroactivo.

Cordialmente,

EMIL ENRIQUE ARIZA OLAYA

Director Jurídico Nacional

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