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DIRECTIVA PRESIDENCIAL 8 DE 2018

(octubre 4)

Diario Oficial No. 50.736 de 4 de octubre de 2018

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Para:Ministros, Directores de Departamento Administrativo y Directores de Entidades Adscritas y Vinculadas
De:Presidente de la República de Colombia
Asunto:Instancia de Alto Nivel para la Coordinación de la Acción Exterior
Fecha:Octubre 4

Con la finalidad de que el Gobierno nacional actúe de manera informada, articulada y coherente para fortalecer las relaciones del país con otros estados, organizaciones y organismos internacionales, así como para hacerle frente a los desafíos que se presentan en la política exterior es necesaria la conformación de una instancia de alto nivel que armonice la acción exterior de las diferentes entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional con incidencia en las relaciones internacionales.

Por lo anterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores se encargará de programar reuniones con la periodicidad requerida, a las que deberán asistir todos los Ministros y Directores de Departamentos Administrativos, o sus delegados.

La delegación de la representación solamente se podrá realizar en Viceministros, Directores de Oficinas de Asuntos Internacionales, o Directores de áreas que tengan a su cargo el manejo de temas referentes a la política exterior.

En las precitadas reuniones se llevarán a cabo las siguientes actividades:

1. Adelantar seguimiento a los compromisos internacionales adquiridos por Colombia para velar por su aplicación y proponer los ajustes y modificaciones que correspondan.

2. Proponer iniciativas, proyectos, soluciones y programas que se requieran para la implementación y ejecución de la política exterior del país.

3. Coordinar la participación de Colombia en reuniones, foros, grupos de trabajo, entre otros, de carácter internacional donde se requiera definir una posición como país.

4. Promover el intercambio de información entre los distintos Ministerios y departamentos administrativos sobre asuntos de política exterior que pueda tener incidencia en sus sectores.

5. Las demás actividades que proponga el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cumplimiento de las funciones que le fueron asignadas en el artículo 4o del Decreto número 869 de 2016, “por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones”, o las normas que lo modifiquen o adicionen.

El Grupo Interno de Trabajo -Jefatura de Gabinete- del Ministerio de Relaciones Exteriores ejercerá la secretaría técnica de la Instancia de alto nivel para la coordinación de la acción exterior.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

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