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RESOLUCION 5 DE 2019

(enero 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES, COLPENSIONES

Por la cual se delega la función de suscribir contratos de aprendizaje y actos administrativos de prácticas laborales en la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)

EL PRESIDENTE DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES

En ejercicio de las facultades legales, en particular las establecidas en el Decreto 309 de 2017, el Acuerdo 106 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1151 de 2007 en su artículo 155 creó la Administradora Colombiana de Pensiones - (Colpensiones), como una empresa industrial y comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

Que mediante Decreto Ley No. 4121 del 2 de noviembre de 2011, se cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), a la de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial, vinculada al Ministerio de Trabajo.

Que el parágrafo del articulo 9 de la Ley 489 de 1998, “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del articulo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones” establece que los representantes legales de las entidades descentralizadas podrán delegar funciones a ellas asignadas, de conformidad con los criterios establecidos en la referida ley.

Que la delegación administrativa tiene como finalidad descongestionar los órganos superiores que conforman la organización, así como facilitar y agilizar la gestión de los asuntos a cargo de Colpensiones con el propósito de garantizar el adecuado desarrollo de la función Administrativa, tal como lo dispone el articulo 209 de la Constitución Política.

Que el artículo 10 del Decreto 309 del 24 de febrero de 2017, establece como funciones del Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), entre otras, las siguientes: “16. Dirigir la ejecución presupuestal, comprometer y ordenar el gasto, suscribir los actos y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de COLPENSIONES."

Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario delegar en la Gerencia de Talento Humano y Relaciones Laborales la suscripción de los contratos de aprendizaje, los actos administrativos de prácticas laborales, como pasantías, prácticas ordinarias y judicaturas y otros relacionados en materia de prácticas laborales en general y delegar la generación de las certificación de estas prácticas en la Dirección de Gestión de Talento Humano.

Que teniendo en cuenta lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Delegar en la Gerencia de Talento Humano y Relaciones Laborales la suscripción de los contratos de aprendizaje, los actos administrativos de prácticas laborales, como pasantías, prácticas ordinarias y judicaturas y otros relacionados en materia de prácticas laborales en general.

ARTÍCULO SEGUNDO. Delegar en la Dirección de Gestión de Talento Humano y Relaciones Laborales la suscripción de las certificaciones de prácticas de aprendizaje, prácticas ordinarias, judicaturas y otras relacionados en materia de prácticas laborales en general.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogota D.C

JUAN MIGUEL VILLA LORA

Presidente

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