RESOLUCIÓN 0-0256 DE 2025
(agosto 27)
Diario Oficial No. 53.227 de 29 de agosto de 2025
Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 30 de agosto de 2025
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se adopta el Programa de Transparencia y Ética Pública (PTEP) 2025-2029 de la Fiscalía General de la Nación, y se dictan otras disposiciones.
EL VICE??SCAL GENERAL DE LA NACIÓN CON ASIGNACIÓN DE FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las facultades legales, en especial, las conferidas en los numerales 1 y 19 del artículo 4o del Decreto Ley 016 de enero 9 de 2014 modificado por el Decreto Ley 898 de mayo 29 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del artículo 4o del Decreto Ley 016 de 2014, estableció como una de las funciones del Fiscal General de la Nación, la de “formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y la ley”.
Que el numeral 19 del artículo 4o del Decreto Ley 016 de 2014, determinó como otra de las competencias que recaen en el Fiscal General de la Nación, la de “expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones da la Fiscalía General de la Nación”.
Que el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022 modificó el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 así: “Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal, cualquiera que sea su régimen de contratación, deberá implementar Programas de Transparencia y Ética Publica con el fin de promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de su misionalidad”.
Que el Decreto número 1122 de 2024, adoptó entre otros, la versión 1 del Anexo Técnico del Programa de Transparencia y Ética Pública, documento que establece los lineamientos para su formulación y ejecución, así como las características, estándares, elementos, requisitos, procedimientos y controles mínimos que deben cumplir las entidades.
Que la Circular CIR25-00000026 / GFPU 13130000 del 6 de junio de 2025 de la Secretaría de Transparencia establece que “Al 29 de agosto de 2025, como mínimo, las entidades del orden nacional obligadas a implementar un Programa de Transparencia y Ética Pública deberán haber formulado y sometido a aprobación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño o la instancia equivalente del mismo nivel jerárquico, el Componente Transversal, en los términos que está descrito en la versión 01 del Anexo Técnico”.
Que la Fiscalía General de la Nación entre el 19 de junio y el 11 de julio de 2025 realizó mesas de trabajo para formular una propuesta del programa, la cual fue socializada a todas las áreas del nivel central, subdirecciones regionales de apoyo y seccionales (a través de la Delegada para la Seguridad Territorial), para atender comentarios del 21 al 24 de julio de 2025 y mejorar el documento propuesto.
Que del 28 de julio al 11 de agosto de 2025 se publicó en la página web, redes sociales e intranet institucional, el Programa de Transparencia y Ética Pública 2025-2029, así como el Plan de Ejecución y Monitoreo 2025, para la validación de los grupos de valor de la Fiscalía General de la Nación.
Que, a partir de las observaciones recibidas durante el periodo de consulta pública, la Fiscalía General de la Nación consolidó la versión del Programa de Transparencia y Ética Pública 2025-2029, y del Plan de Ejecución y Monitoreo 2025, que incorporó los ajustes pertinentes.
Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adóptese el Programa de Transparencia y Ética Pública (PTEP) 2025 - 2029 de la Fiscalía General de la Nación con el fin de promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de su misionalidad, el cual hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. Adóptese el Plan de Ejecución y Monitoreo (PEM) del PTEP, en el cual se identifican las acciones, actividades, metas o productos, responsables y fechas programadas que deben desarrollarse durante 2025 y ser objeto de monitoreo, el cual hace parte integral de la presente resolución.
PARÁGRAFO. Se formularán las actividades correspondientes para el Plan de Ejecución y Monitoreo de cada vigencia, con el propósito de fortalecer el PTEP, así como la gestión y resultados institucionales.
ARTÍCULO 3o. Publicar el Programa de Transparencia y Ética Pública (PTEP) 2025 - 2029 y el Plan de Ejecución y Monitoreo 2025 del PTEP en la página web y canales institucionales.
ARTÍCULO 4o. Comunicar el contenido de la presente resolución a todas las Dependencias de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2025.
El Vicefiscal General de la Nación con Asignación de Funciones del Despacho de la Fiscal General de la Nación,
Gilberto Javier Guerrero Díaz
<Anexo publicado en el Diario Oficial>
<Consultar anexo original directamente en el siguiente enlace:
https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_FGN_0256_2025_ANEXO.pdf