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RESOLUCIÓN 3403 DE 2021

(diciembre 23)

Diario Oficial No. 51.897 de 23 de diciembre de 2021

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por la cual se ejecutan presupuestalmente, se ordena el giro y la asignación por Consorcio, y se distribuyen entre las entidades territoriales, los recursos de la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones de la vigencia 2020, con destino al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet).

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 38 de la Ley 2063 de 2020 y el Artículo 6o del Decreto 4712 de 2008,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 1082 de 2015, adicionado por el Decreto número 2540 de 2015, estableció las reglas y criterios de distribución para la aprobación de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), para el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet).

Que según el capítulo 9 del Título 5 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, los recursos correspondientes al Sistema General de Participaciones (SGP), que se giran al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), se deben distribuir entre las entidades territoriales de conformidad con los criterios de distribución establecidos en el artículo 2.2.5.9.3 del Decreto 1082 de 2015.

Que mediante el Articulo 2.2.5.9.2. del Decreto 1082 de 2015, le corresponde al Departamento Nacional de Planeación (DNP) realizar la distribución de los recursos de la Asignación Especial del 2.9% del Sistema General de Participaciones para el Fonpet, de acuerdo con las reglas y criterios establecidos en dicho Decreto.

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio 2-2020-064255 de fecha 7 de diciembre de 2020, certificó al DNP el valor de $114.758.688.926,00 correspondiente a la última doceava de 2020, recursos que fueron objeto de distribución mediante el documento de DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES, SGP-52-2020, de diciembre 30 de 2020 expedido por parte del Departamento Nacional de Planeación, el cual relaciona en su punto 3o y en los anexos 19 y 20 del mencionado Documento, la “DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS CORRESPONDIENTES A LA ÚLTIMA DOCEAVA DEL SGP COMPONENTES DE SALUD, AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO, PROPÓSITO GENERAL Y ASIGNACIONES ESPECIALES, VIGENCIA 2020”.

Que con base en la distribución por Sector ordenada mediante el Documento de Distribución SGP-52- 2020, asignando recursos a los Sectores Educación, Salud y Propósito General, y sus respectivos anexos, la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, distribuyó por Sector entre las entidades territoriales, la asignación correspondiente a la última doceava de la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones (SGP) de la vigencia 2020, así:

Que en el marco del anexo de la Ley 2063 de 2020, del Presupuesto General de la Nación para la vigencia de 2021, en la Sección Presupuestal 1301 “Ministerio de Hacienda y Crédito Público”, Cuenta 3 “Transferencias Corrientes”, Subcuenta -3 “A ENTIDADES DEL GOBIERNO”, Objeto del Gasto 5 “SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES”, Ordinal 6” FONPET -ASIGNACIONES ESPECIALES”, se cuenta con una partida inicial pendiente de ejecución por la suma de un billón trescientos setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho millones quinientos catorce mil seiscientos treinta y nueve pesos moneda corriente ($1.378.458.514.639).

Que del rubro presupuestal. 3-3-5-6 indicado en el inciso anterior, se apropiaron recursos por valor de ciento catorce mil setecientos cincuenta y ocho millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos veintiséis pesos moneda corriente ($114.758.688.926,00), que respaldan las transferencias al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) de la Asignación Especial del 2,9% del Sistema General de Participaciones (SGP), correspondientes a la última doceava de la vigencia 2020, recursos que están soportados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 92121 de diciembre 9 de 2021.

Que de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 2159 de 2021, “la ejecución de los recursos que se giran al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), con cargo al Presupuesto General de la Nación, se realizará por medio de Resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ordenando el giro de los recursos (...)”.

Que, mediante Resolución número 3252 del 24 de octubre de 2012, se adjudicó la Licitación Pública No. 06 de 2012, a las siguientes entidades administradoras del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet): el 35% de los recursos al CONSORCIO CCP 2012, integrado por Fiduciaria La Previsora S.A., y Fiduciaria Cafetera S. A.(hoy Fiduciaria Davivienda S. A.); el 35% de los recursos al CONSORCIO FONPET 2012 FIDUBOGOTÁ-PORVENIR, integrado por la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. y Fiduciaria Bogotá S. A.; el 16% de los recursos al CONSORCIO SOP 2012, integrado por Fiduciaria de Occidente S.A., Fiduciaria Popular S.A. y Skandia Sociedad Fiduciaria S.A.; el 10% de los recursos al CONSORCIO FIDUCIARIO ADMINISTRADOR RECURSOS FONPET CONFIAR FONPET, integrado por Helm Fiduciaria S.A. (hoy Itau Asset Management) y Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A.; y el 4% de los recursos a la UNIÓN TEMPORAL BBVA HORIZONTE Y BBVA FIDUCIARIA FONPET 2012, integrado por BBVA Horizonte Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías S.A. (hoy Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A.) y BBVA Fiduciaria S.A.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. EJECUCIÓN PRESUPUESTAL. Ejecutar presupuestalmente la suma de ciento catorce mil setecientos cincuenta y ocho millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos veintiséis pesos moneda corriente ($114.758.688.926,00), por concepto de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), a que hace referencia el numeral 1.2. del Artículo 2.2.5.9.4. del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación, correspondiente a la última doceava de la vigencia 2020.

ARTÍCULO 2o. ORDENACIÓN DE GIRO Y ASIGNACIÓN POR CONSORCIO. Ordenar a la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, el giro a las Entidades Administradoras de los recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), de acuerdo con la asignación por Consorcio que se establece en el siguiente cuadro:

ARTÍCULO 3o. DISTRIBUCIÓN DE ENTIDADES TERRITORIALES. Distribuir y asignar por Sector entre las entidades territoriales, los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) correspondientes a la última doceava de la Asignación Especial de la vigencia 2020, de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 92121, y los valores establecidos en el Anexo 1 (once (11) folios), que hace parte integral de la presente Resolución. Los valores totales distribuidos y a asignar, serán los siguientes:

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2021.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Manuel Restrepo Abondano.

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