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RESOLUCIÓN 4041 DE 2014

(septiembre 16)

Diario Oficial No. 49.279 de 19 de septiembre de 2014

MINISTERIO DEL TRABAJO

Por la cual se modifica la Resolución número 4667 de 2013.

EL MINISTRO DEL TRABAJO,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 6o del Decreto-ley 4108 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 4667 de 2013, se establecieron los puntos de corte del Sisbén Metodología III, para el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS);

Que mediante Resolución número 3863 de 2014, se modificó la Resolución número 2182 de 2014, incluyendo las tres áreas de desagregación geográfica del Sisbén Metodología III, para los programas financiados con recursos del Fondo de Solidaridad Pensional - Subcuenta de Subsistencia;

Que dada la coexistencia del mecanismo BEPS con otros programas que hacen parte de los Servicios Sociales Complementarios previstos en el Libro IV de la Ley 100 de 1993, entre los cuales se encuentran los programas financiados con recursos del Fondo de Solidaridad Pensional - Subcuenta de Subsistencia, se hace necesario modificar y unificar los puntos de corte del Sisbén para el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS);

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. PUNTOS DE CORTE DEL SISBÉN METODOLOGÍA III. Establecer como puntos de corte del Sisbén Metodología III, para el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos - BEPS, los siguientes:

ÁREAPUNTAJE NIVELES
123
14 Ciudades 0,01 – 41,9041,91 - 43,6343,64 - 57,21
Otras Cabeceras0,01 – 41,9041,91 – 43,6343,64 - 56,32
Rural Disperso0,01 – 32,9832,99 – 35,2635,27 - 40,75

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 2014.

El Ministro del Trabajo,

LUIS EDUARDO GARZÓN.

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