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RESOLUCIÓN 184 DE 2012

(abril 18)

Diario Oficial No. 48.418 de 2 de mayo de 2012

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se distribuyen y asignan unas competencias en la Subdirección de Atención al Pensionado.

LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP),

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial la conferida en el numeral 20 del artículo 8o del Decreto número 2051 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 20 del artículo 8o del Decreto número 5021 de 2009 faculta a la Directora General para distribuir entre las dependencias que conforman la Unidad las funciones y competencias que la ley le otorgue a la entidad, cuando las mismas no se encuentren asignadas expresamente;

Que de conformidad con los artículos 18, 19, 20 y 21 del Decreto número 5021 de 2009, a la Dirección de Parafiscales, y a las Subdirecciones que la componen les corresponde proferir los actos administrativos relacionados con la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social;

Que el artículo 123 de la Ley 1438 de 2011, otorga a la UGPP el control al cumplimiento de los deberes de los empleadores y otras personas obligadas a cotizar, en relación con el pago de las cotizaciones a la seguridad social; en caso de violación a las normas contenidas en los artículos 161, 204, 210 de la Ley 100 de 1993 y mediante la Resolución número 061 de 2012, se hizo la distribución de esta competencia en la Subdirección de Determinación de Obligaciones y en la Dirección de Parafiscales;

Que efectuado el análisis de las normas que regulan el funcionamiento de la Unidad se estableció que no se encuentra asignada la función de notificación de los actos administrativos relacionados con la adecuada, completa y oportuna determinación y pago de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social y las investigaciones administrativas del artículo 123 de la Ley 1438 de 2011 por lo que se determina que, de acuerdo con las funciones afines que se desarrollan frente a la notificación de actos administrativos y que la atención al ciudadano se encuentra centralizada en una sola sede de la entidad, la distribución de esta función debe hacerse en la Subdirección de Atención al Pensionado,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Distribuir la competencia de notificación de actos administrativos relacionados con la adecuada, completa y oportuna determinación y pago de las Contribuciones Parafiscales de la Protección Social proferidos por la Dirección de Parafiscales, la Subdirección de Integración del Sistema de Aportes Parafiscales, la Subdirección de Determinación de Obligaciones y la Subdirección Cobranzas, conforme las funciones asignadas a estas dependencias en los artículos 18, 19, 20 y 21 del Decreto número 5021 de 2009 y los de las investigaciones administrativas del artículo 123 de la Ley 1438 de 2011, en la Subdirección de Atención al Pensionado.

PARÁGRAFO. La Subdirección de Atención al Pensionado realizará las actuaciones de notificación a los interesados, dando plena observancia de la forma prevista en las normas vigentes para cada caso.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de abril de 2012.

La Directora General,

MARÍA CRISTINA GLORIA INÉS CORTÉS ARANGO.

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