RESOLUCIÓN 603 DE 2012
(octubre 25)
Diario Oficial No. 48.600 de 31 de octubre de 2012
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP)
Por la cual se modifica la Resolución 463 de 2011.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP),
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 4 y 8 del artículo 8o del Decreto 5021 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 156 de la Ley 1151 de 2007, corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), realizar las tareas de seguimiento, colaboración y determinación de la adecuada, completa y oportuna liquidación y pago de las contribuciones parafiscales de la protección social, así como el reconocimiento de derechos pensionales y auxilios funerarios, causados a cargo de administradoras del Régimen de Prima Media de las entidades públicas del orden nacional que hayan tenido a su cargo el reconocimiento de pensiones, respecto de las cuales se haya decretado o se decrete su liquidación.
Que mediante la Resolución 463 de 2011 se adoptaron los prefijos a utilizar para la adecuada identificación de los actos administrativos expedidos por las Direcciones de Pensiones y Parafiscales y las subdirecciones que las integran.
Que se hace necesario modificar algunos de los prefijos establecidos en la Resolución 463 de 2011.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 3o de la Resolución 463 de 2011 el cual quedará de la siguiente manera:
“Artículo 3o. Prefijos a utilizar. En los eventos establecidos en el artículo 1o de la presente resolución se utilizarán los siguientes prefijos:
1. Dirección de Pensiones. Esta dependencia y sus subdirecciones utilizarán en las resoluciones y autos que expidan los siguientes prefijos:
a) RPE: Resolución Dirección de Pensiones.
b) APE: Auto Dirección de Pensiones.
c) RNP: Resolución Subdirección de Normalización de Expedientes Pensionales.
d) ANP: Auto Subdirección de Normalización de Expedientes Pensionales.
e) RDP: Resolución Subdirección de Determinación de Derechos Pensionales.
f) ADP: Auto Subdirección de Determinación de Derechos Pensionales.
g) RAP: Resolución Subdirección de Atención al Pensionado.
h) AAP: Auto Subdirección de Atención al Pensionado.
2. Dirección de Parafiscales. Esta dependencia y sus subdirecciones utilizarán en las resoluciones y autos que expidan los siguientes prefijos:
a) RDC: Resolución Dirección de Parafiscales.
b) ADC: Auto Dirección de Parafiscales.
c) RIC: Resolución Subdirección de Integración del Sistema de Aportes Parafiscales.
d) AIC: Auto Subdirección de Integración del Sistema de Aportes Parafiscales.
e) RDO: Resolución Subdirección de Determinación de Obligaciones.
f) ADO: Auto Subdirección de Determinación de Obligaciones.
g) RCC: Resolución Subdirección de Cobranzas.
h) ACC: Auto Subdirección de Cobranzas”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase
Dada en Bogotá D. C., a 25 de octubre de 2012.
La Directora General
MARÍA CRISTINA GLORIA INÉS CORTÉS ARANGO.