¿Los pensionados del país están obligados a cotizar al Sistema General de Seguridad en Salud? - Si, todos los pensionados del país están llamados a cotizar al Sistema General de Seguridad en Salud, por lo que deben asumir en su totalidad el valor de la cotización, desde la fecha en que se causa en derecho pensional, no otra puede ser la interpretación que se deriva sistemáticamente de las disposiciones citadas de la Ley 100 de 1993, al haber establecido las cotizaciones de los afiliados obligatorios, como los pensionados, para el financiamiento del sistema. La cotización constituye un requisito de los afiliados a la hora de acceder a las diferentes prestaciones económicas, como las contempladas en los artículos 206 y 207 de la Ley 100 de 1993, reglamentados en varias oportunidades posteriores, por lo que el hecho de no descontarse las mismas desde la causación de la pensión devendría en detrimento de los posibles derechos derivados de este sistema a favor de los pensionados cotizantes