Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 08001-23-31-000-2012-00555-01(AC) de 2012
¿Procede la tutela para solicitarse la indexación de la primera mesada pensional de un jubilado? -Sí, para la Sala es procedente que a través de este mecanismo constitucional se estudie la indexación de la primera mesada pensional, pues aunque el actor no es una persona de la tercera edad, pertenece a la población adulta mayor, que depende de su pensión para subsistir, razón por la cual, la falta de actualización del dinero que recibe para su manutención y la de su familia, le afecta otros derechos constitucionales como son: el poder adquisitivo, el mínimo vital, el derecho fundamental a la igualdad y el respeto al principio del in dubio pro operario