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ACUERDO 5 DE 2006
(agosto 3)
Diario Oficial No. 46.436 de 29 de octubre de 2006
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL MAGDALENA
<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>
Por el cual se adopta el cronograma de actividades, se conforma una comisión transitoria, y se dictan otras disposiciones para adelantar el proceso de selección y elección del Director General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, Corpamag.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL MAGDALENA,
en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, especialmente las consagradas en los artículos 27 literal j) y el artículo 24, numeral 10 de los Estatutos Corporativos, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Decreto número 2011 de junio 16 del 2006, la designación de los Directores Generales de las Corporaciones Autónomas Regionales para el período establecido en la ley, debe celebrarse mediante un proceso público abierto que c onsulte el interés general y los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia y publicidad;
Que corresponde a los Consejos Directivos, adelantar los trámites pertinentes para que el proceso se efectuara con entidades públicas o privadas expertas en selección de personal o con capacidad para realizar el proceso;
Que el proceso en mención debe tener en cuenta criterios de mérito capacidad y experiencia para el desempeño del empleo y deberá comprender por lo menos la aplicación de varias pruebas dirigidas a evaluar los conocimientos y aptitudes requeridos para el desempeño del empleo, la práctica de una entrevista y la valoración de antecedentes de estudios y experiencia;
Que las pruebas que se practiquen deberán indagar sobre el régimen de autonomía administrativa y financiera de las Corporaciones Autónomas Regionales;
Que de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 99 de 1993, los directores de las Corporaciones Regionales son reelegibles;
Que de acuerdo con la ley, la representación legal de la Corporación es ejercida por la Administración y por tanto el proceso de selección y contratación de la firma que conducirá el proceso de selección de los candidatos más idóneos a ejercer el cargo de director se adelantará por la administración de acuerdo con o las indicaciones y criterios que se fijan en este acuerdo, bajo la conducción, de un director ad hoc que se designará en este acuerdo y con la compañía de la comisión transitoria que integra por medio de este acuerdo;
Que el proceso de selección del Director se debe iniciar con una convocatoria pública dirigida a las personas que aspiren a ejercer el cargo, con las formalidades previstas en el mencionado Decreto 2011 de 2006 y la designación debe efectuarse en sesión ordinaria o extraordinaria del Consejo Directivo que deberá celebrarse en el mes de diciembre anterior al período institucional consagrado en la Ley 99 de 1993 y dicha sesión deberá verificarse en audiencia pública que se convocará mediante este acuerdo con formalidades previstas en el reglamento;
Que así lo previsto no implica el cambio de la naturaleza jurídica del cargo ni afecta la facultad nominadora del Consejo Directivo;
Que por todo lo anterior,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. Convocar a sesión extraordinaria para elegir al Director General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, Corpamag, para el día primero (1o) de diciembre del 2006, a las ocho (8) a. m. en las instalaciones de la Corporación en el Salón Donama, ubicada en la calle 22 No 3-54 de la ciudad de Santa Marta.
ARTÍCULO 2o. Convoca de acuerdo con lo previsto en el artículo 2o del Decreto 2011 del 2006, a las personas que aspiren a ejercer el cargo de Director General de Corpamag, mediante aviso que se publicará en la forma señalada en el mencionado decreto y establecer los días 1o y 2 de noviembre del año en curso de 8 a. m. a 5 p. m., como fecha para la recepción de los documentos requeridos para acreditar los requisitos señalados en el artículo 21 del Decreto 1768 de 1994.
ARTÍCULO 3o. Convocar a audiencia pública para la elección de que trata el artículo 1o.
PARÁGRAFO. La publicación del aviso de esta convocatoria deberá ordenarse por el Director ad hoc en los términos previstos en el artículo 5o del Decreto 2011 del 2006 y quienes deseen asistir deberán inscribirse dentro los tres días anteriores a la fecha de su celebración.
ARTÍCULO 4o. Designar a la Secretaria General y Secretaria de este Consejo, como Directora ad hoc para efectos de que se encargue del proceso de selección y contratación de la Entidad que escogerá los candidatos más idóneos para el ejercicio del cargo de Director General de Corpamag de conformidad a la normatividad vigente y la Ley 80 de 1993 artículo 26-5.
Para el cumplimiento de lo contemplado en el inciso anterior la Directora ad hoc coordinará la elaboración de los estudios de conveniencia y oportunidad así como la preparación de los términos de referencia para la escogencia de la firma.
Los términos de referencia deberán ser sometidos a consideración y revisión de la comisión transitoria que se conformará en el artículo siguiente y contendrán la indicación de que las pruebas correspondientes se preparen tomando en consideración el Régimen Especial de las Corporaciones Autónomas Regionales y atendiendo lo previsto en los artículos 2o y 3o del Decreto 2011 del 2006.
ARTÍCULO 5o. Integrar una comisión transitoria para apoyar el proceso de selección y contratación a que se refiere el artículo 3o de una parte y de otra para que revise y apruebe los términos de referencia con los siguientes miembros del Consejo Directivo:
Doctora Ana Silvia María Arrieta, Representante ONG.
Delegado Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Doctor Eduardo Diazgranados Abadía, Delegado Presidente de la República.
Doctor Juan Nieto Ariza, alcalde municipal de Santa Ana.
Federación Nacional de Cafeteros, sector privado.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. Este acuerdo rige a partir de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Marta, a 3 de agosto de 2006.
Presidente Consejo Directivo, Corpamag,
Firma ilegible.
Secretaria Consejo Directivo, Corpamag,
YOLIMA MONSALVO G.
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