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CORTE CONSTITUCIONAL
CC ST 179 de 2012 - ¿Es procedente la acción de tutela para determinar su fueron vulnerados algunos derechos fundamentales de un pensionado por parte de unas autoridades judiciales, al negarse a reconocer la reliquidación de su mesada pensional, argumentando la prescribió de su derecho debido a que transcurrieron más de tres años desde el momento en que la entidad encargada del reconocimiento de su derecho le negó por primera vez la reliquidación de su mesada pensional?. Improcedente. Procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. La acción objeto de estudio no cumple con los requisitos generales de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales. Debido a esto, ante la ausencia de argumentos adicionales que justifiquen la interposición de la acción de tutelan en contra de la sentencia judicial cuestionada, la Sala de Revisión deberá declarar la improcedencia de la acción de tutela por no cumplir con el requisito de la inmediatez
CC ST 120 de 2012 - ¿Es la acción de tutela el mecanismo procede para cuestionar la legalidad de un acto administrativo que negó una reliquidación pensional a funcionarios de la rama ejecutiva del sector publico? Improcedente. Procedencia excepcional de la acción de tutela para reclamar el reajuste adecuado de la mesada pensional. Diferenciación entre el grupo de congresistas pensionados con anterioridad a la vigencia de la Ley 4ª de 1992 y el grupo de parlamentarios pensionados con posterioridad a la misma. Dentro del régimen prestacional de los miembros del Congreso de la República, es constitucionalmente admisible diferenciar, por los criterios temporal y objetivo explicados, dos grupos: de un lado, los parlamentarios que adquirieron su derecho o se pensionaron antes de la vigencia de la Ley 4ª de 1992, y del otro, aquellos que estando activos se pensionen después del 18 de mayo de 1992. Con el ánimo de compensar la pérdida de poder adquisitivo de las pensiones de los parlamentarios del primer grupo en mención y de zanjar la desproporción existente en materia pensional entre ambos grupos, a aquellos se les reconoció, por una sola vez, un reajuste especial de tal manera que sus pensiones alcancen el valor equivalente al 50% del promedio de las pensiones a que tendrían derecho los congresistas en ejercicio en el año 1994. Para el segundo grupo de congresistas, se aplica el porcentaje del 75% que consagra la Ley 4ª de 1992
CC ST 211 de 2011 - ¿Es la acción de tutela resulta procedente para resolver el conflicto jurídico en torno a la reliquidación del Ingreso Base de Liquidación (IBL) de la demandante?. Improcedente. Condiciones de procedibilidad excepcional de la acción de tutela para obtener la reliquidación o reconocimiento de la pensión. Concepto de Mínimo Vital frente a la configuración de un perjuicio irremediable. La acción de tutela es improcedente pero procedente excepcionalmente cuando sea necesario para evitar un perjuicio irremediable, como la afectación al mínimo vital, o cuando, a pesar de que existan los mecanismos ordinarios de defensa judicial, no resulten idóneos para proteger los derechos en riesgo
CC ST 816 de 2010 - ¿Son vulnerados los derechos fundamentales de una persona al reducirle su pensión de invalidez en casi un 50% y obligándole a reintegrar el valor cancelado desde el año 2008, debido a la última evaluación de incapacidad donde el porcentaje de su pérdida de capacidad laboral fue modificada de 85% a 80%, sin ser debidamente notificado?. Si bien la pensión era revisable en atención a que el dictamen de invalidez bajó del 85% al 80%, no resulta válido que para obtener el nuevo valor se consideraran otros factores y se recalculara de manera directa y unilateral, como se hizo desde perspectivas adicionales, sin respetar en esto el debido proceso y generando condiciones aún más gravosas para el inválido. Concedida con carácter permanente. Artículo 44 de la Ley 100 de 1993. Naturaleza del derecho a la pensión de invalidez y procedencia de la recalificación del porcentaje
CC ST 937 de 2007 - ¿Es procedente la tutela para solicitar el cumplimiento de un fallo que fue emitido dentro de la jurisdicción contencioso administrativa que obliga a una entidad pública a reliquidar, conforme a todos los factores salariales aplicables, la pensión de jubilación de una persona, si se sabe que aquella lo hizo, pero no acorde con lo expresado en la mencionada sentencia? Negada por improcedente. Improcedencia de la acción de tutela para hacer efectivo el cumplimiento de una sentencia judicial.
CC ST 606 de 2007 - ¿Una ESE vulneró los derechos fundamentales al debido proceso, a la vida digna, al mínimo vital y el principio de favorabilidad en la interpretación y aplicación de las normas laborales, con ocasión de la expedición de las resoluciones mediante las cuales les reconoció la pensión de jubilación y les liquidó la mesada pensional, al no haber aplicado en dichos actos administrativos las estipulaciones contenidas en la convención colectiva de trabajo? Negada por improcedente. Improcedencia general de la acción de tutela para obtener la reliquidación de pensiones.
CC ST 556 de 2007 - ¿El ISS viola derechos fundamentales de la actora, al haber reconocido y estar pagándole una pensión de jubilación sin tener en cuenta que la actora alegó tener derecho a la aplicación del régimen especial para Senadores de la República y Representantes a la Cámara o en su defecto que se le reliquidara la pensión de jubilación de acuerdo con lo previsto para empleados de la Rama Judicial del Poder Público? Negada por improcedente. Improcedencia general de la acción de tutela para la reliquidación de pensiones.
CC ST 409 de 2007 - ¿Existe un defecto sustantivo en la providencia de la Sala Laboral de un Tribunal que resolvió negativamente la apelación del auto proferido por un Juzgado Laboral que, a su vez, negó la solicitud de corrección de error aritmético de la Sentencia que le reconoció a la actora su derecho a la reliquidación de su pensión? Concedida. Procedencia excepcional de tutela contra decisiones judiciales, reiteración de jurisprudencia. El Juzgado violó el derecho al debido proceso de la actora por la no aplicación del factor establecido en el artículo 20 del Acuerdo 049 de 1990. Existencia de defecto sustantivo.
CC ST 189 de 2007 - ¿Procede la tutela como mecanismo para ordenar la reeliquidación de exfuncionario diplomático teniendo en cuenta el salario realmente devengado? La divergencia entre el seguro social y el ministerio de relaciones exteriores por los valores dejados de cotizar en razón de las previsiones de la ley 100 de 1993 y la declaratoria de inexequibilidad parcial del paragrafo del articulo 7 de la ley 797 de 2003, no pueden alegarse para negarle a los pensionados el reconocimiento de la prestación, tampoco para liquidarla por una suma inferior a la legalmente establecida. Concedida transitoriamente.
CC ST 31 de 2007 - Derecho de petición en materia pensional. Solicitud de reliquidación de pensión de invalidez a pesar de existir sentencia a favor de la actora. Procedencia de la acción de tutela para ordenar el cumplimiento de fallos judiciales
CC ST 623 de 2006 - ¿En el evento en que el Fondo de Previsión Social del Congreso de la República se niegue a conmutar la pensión de jubilación reconocida por un departamento, con los requisitos para reliquidar a un excongresista la mesada pensional y el consecuente pago de la misma, es procedente la acción de tutela? La actualización de la mesada pensional de ex congresistas. Reconocimiento y reliquidación de pensiones. Estimativa probable de vida. No se plantea ni demuestra una situación apremiante. Negada
CC ST 494 de 2006 - ¿Existe un perjuicio irremediable que justifique la procedencia de la acción de tutela como mecanismo transitorio para obtener, con la inclusión de nuevos factores salariales, la reliquidación de una pensión de jubilación, teniendo en cuenta que el actor es una persona de la tercera edad, y que cuenta con otro mecanismo judicial de defensa? No se acredita vulneración u amenaza a derecho fundamental alguno. Negada
CC ST 158 de 2006 - ¿Se vulneraron los derechos al actor amparado en el régimen de transición al no liquidársele su pensión de vejez con base en lo devengado en el último año de servicios? Interpretación jurisprudencial de los incisos segundo y tercero del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, para el cálculo del monto base de la pensión de los beneficiarios del régimen de transición. Reglas jurisprudenciales de procedibilidad de la tutela para ordenar la forma de liquidar o reliquidar una pensión. ¿Del hecho de que los derechos laborales sean imprescriptibles se deriva que la acción de tutela en estos casos pueda ser interpuesta en cualquier tiempo? Principio de inmediatez
CC ST 7 de 2006 - Tutela como mecanismo para obtener la reliquidación de pensión de sobreviviente de excongresista. Régimen de transición. Normatividad aplicable. Concedida como mecanismo transitorio
CC ST 1325 de 2005 - ¿Procede en el caso particular la acción de tutela para obtener la reliquidación de mesadas pensionales (servicios prestados en el exterior)? La normatividad y la jurisprudencia constitucional en torno a liquidación de las mesadas pensionales de las personas pertenecientes al servicio exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. Requisitos jurisprudenciales. Factores que desvirtúan la temeridad en el ejercicio de la acción de tutela. Concedida
CC ST 1277 de 2005 - ¿En el evento de no incluir en las respectivas liquidaciones de pensión de gracia, todos los factores de ingreso diferentes a la asignación básica mensual, según los accionantes, se vulnera algún derecho fundamental?¿Se incurre, según los demandantes, en vía de hecho por no incluir, al momento de liquidar las pensiones, la normatividad aplicable al caso, así como trato desigual al otorgar la entidad los mismos derechos reclamados a otros pensionados que se encuentran en circunstancias similares? La acción de tutela como mecanismo para obtener el reconocimiento o reliquidación de pensiones. No agotamiento de recursos en cede administrativa, como tampoco se observa acción alguna ante la jurisdicción competente. Negada
CC ST 1150 de 2005 - ¿Es posible obtener vía tutela la reliquidación de la pensión de vejez para un ex-funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aduce no habérsele tenido en cuenta los factores reales del salario devengados como embajador? La excepcional procedencia de la acción de tutela tratándose de reliquidaciones pensionales de ex-funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. No se configura perjuicio irremediable. Negada
CC ST 1114 de 2005 - ¿Se vulneran los derechos fundamentales del accionante en el evento en que la liquidación de sus aportes al sistema de pensiones se realizare sobre un ingreso base de cotización que no corresponde al realmente devengado cuando se desempeñó como funcionario público en el servicio exterior, dado que la diferencia es significativamente inferior? Reliquidación de pensiones de ex funcionarios de la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores. El trato discriminatorio implícito en la liquidación de aportes sobre una base salarial distinta a la realmente devengada. Concedida como mecanismo transitorio
CC ST 1089 de 2005 - ¿Es procedente el amparo constitucional a quien solicita la reliquidación del porcentaje de pensión, dado que aduce no habérsele tenido en cuenta la totalidad de los factores salariales y la aplicación de una normatividad que no le corresponde? El principio de inescindibidad de la norma. Falta de inmediatez de la acción. Negada
CC ST 1068 de 2005 - ¿Es procedente el amparo constitucional ante la acción de tutela que solicita la resolución de la reliquidación pensional de jubilación, inclusión en nómina y la retroactividad correspondiente? La acción de tutela, como mecanismo transitorio para evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable. Se concede el derecho de petición. Negada
CC ST 975 de 2005 - ¿Vulnera la entidad demanda el derecho de petición de la actora en el evento de no resolver la solicitud de reconocimiento, liquidación y pago de pensión gracia por retiro definitivo? Promoción de la acción con base en poder otorgado antes de la configuración de los hechos. Los requisitos del apoderamiento judicial en los procesos de tutela. Negada
CC ST 813 de 2005 - ¿La negativa a reliquidar la pensión del demandante vulnera los derechos fundamentales invocados, dado que para determinar el ingreso base de su liquidación no se tomaron los ingresos realmente percibidos cuando se desempeñó como embajador de Colombia? Procedencia de la acción de tutela para la reliquidación pensional de los exfuncionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Personas de la tercera edad. Tutela transitoria. Concedida
CC ST 776 de 2005 - Reliquidación de pensión de jubilación exmagistrado Consejo de Estado. Improcedente. Pertenecer a la tercera edad, esa "sola y única circunstancia" no hace necesariamente viable la tutela, a menos que se pruebe que su subsistencia o su mínimo vital pueden estar gravemente comprometidos.
CC ST 627 de 2005 - Características del derecho de petición en materia pensional. Términos para informar el estado del trámite, reconocer y pagar la pensión. Solicitud de Reliquidación. Concedida
CC ST 487 de 2005 - ¿La acción de tutela es procedente en materia de reajuste pensional, siempre y cuando la ponderación de todos los factores relevantes para apreciar la existencia de un perjuicio irremediable lleve al juez a la convicción que de no brindarse la protección urgente e inmediata de los derechos del peticionario éstos se verían vulnerados o continuarían siendo gravemente amenazados? Condiciones exigidas para que la tutela proceda para obtener la reliquidación de la pensión. Concedida
CC ST 386 de 2005 - ¿Procede la obtención de reliquidación de mesada pensional en sede de tutela, por persona que alega el derecho a que se le liquide bajo el régimen especial de la Rama Judicial? La base reguladora que debe aplicarse a quienes son beneficiarios del régimen de transición y del régimen especial de la Rama Judicial se computa según lo devengado en el último año de servicio. La persona debe probar la potencialidad en que una errónea liquidación afectaría o pondría en peligro sus derechos fundamentales. Negada
CC ST 9 de 2005 - Incumplimiento de fallo judicial que ordena reliquidación pensión. Reiteración
CC ST 1100 de 2004 - ¿Procede la acción de tutela para obtener la reliquidación de pensión por no haberse liquidado con base en el Régimen Especial para los funcionarios de la Rama Judicial y el Ministerio Público, establecido por el Artículo 6o. del Decreto 546 de 1971? Hecho superado
CC ST 904 de 2004 - ¿Procede la acción de tutela para reclamar la reliquidación de pensión? Negada. No demostrada afectación al mínimo vital y existencia de otros medios de defensa. Reiteración
CC ST 768 de 2004 - Tutela como mecanismo para obtener respuesta al recurso de apelación y derechos de petición sobre reliquidación pensional. Concedida. Reiteración
CC ST 734 de 2004 - Derecho de petición. Reliquidación pensión. Término para resolver. Reiteración
CC ST 711 de 2004 - Tutela como mecanismo para obtener la reliquidación de la mesada pensional. Negada: No se demuestra afectación al mínimo vital. Reiteración
CC ST 613 de 2004 - Falta de respuesta a derecho de petición - solicitud de reliquidación de su pensión gracia. Concedida. Reiteración
CC ST 587 de 2004 - Derecho de petición - reliquidación del ingreso base de liquidación de la pensión de vejez. Concedida. Término para la resolución de solicitudes de reliquidación de pensión. Reiteración de Jurisprudencia
CC ST 929 de 2003 - Derecho de petición. La entidad no ha resuelto el recurso de reposición que interpuso contra la resolución que le negó la reliquidación de la Pensión de Jubilación. Concedida. Reiteración