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JURISPRUDENCIA : INDEXACIÓN DE LA PRIMERA MESADA PENSIONAL : REVISIÓN DE TUTELA : ANTERIORES
Corte Constitucional, S. T- 906 de 2005 - ¿Incurre en vía de hecho el juez que decide no conceder la indexación de la primera mesada pensional? Mantener el poder adquisitivo de las pensiones, es excepcionalmente un derecho fundamental por conexidad. Improcedencia de la acción por no agotar el recurso extraordinario de casación. Negada
Corte Constitucional, S. T- 847 de 2005 - ¿Procede vía tutela solicitar el reconocimiento de pensión, el retroactivo de la misma y el trámite de los pagos actuariales, dado que la entidad demandada no responde el derecho de petición al respecto? El derecho de petición en materia pensional; término para resolver la solicitud de reconocimiento de pensión. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 635 de 2005 - Indexación de mesada pensional. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 599 de 2005 - Solicitud de indexación de pensión. Derecho de petición en materia pensional. Los actores cuentan con otra vía para reclamar sobre la intangibilidad de su poder adquisitivo pensional. Negada
Corte Constitucional, S. T- 469 de 2005 - ¿Se vulneran derechos fundamentales, por configuración de vía de hecho al no indexarse la primera de las mesadas pensionales, toda vez que se alega que, en el sistema legal colombiano no existe una regla general que preceptúe que la pérdida del poder adquisitivo de la moneda sea una carga económica que debe asumir el deudor? ¿Para la jurisprudencia es indiferente que la pensión que es objeto de indexación tenga origen legal o convencional? El principio pro operario es un referente obligado del juez para dirimir cuestiones del derecho laboral no contempladas expresamente en el ordenamiento. Eventos en los que se debe indexar la primera mesada pensional. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 296 de 2005 - ¿En sentencia de casación, se incurre en vía de hecho al negarse a ordenarle al empleador la indexación del pago de la primera mesada pensional? Es contrario a los criterios de equidad y justicia pagar al demandante una mesada pensional tomando como base el salario que devengaba hace cierta cantidad de años y sin ningún tipo de actualización que permita proteger el poder adquisitivo del dinero ante los fenómenos inflacionarios derivados del paso del tiempo. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 98 de 2005 - Indexación de la primera mesada pensional. Adopción de una posición jurisprudencial unificada. Formula que se debe aplicar
Corte Constitucional, S. T- 1244 de 2004 - Indexación primera mesada. ¿Incurrió la sentencia del Tribunal en una vía de hecho, en la medida en que se negó a condenar a la entidad a indexar el pago de la primera mesada pensional? ¿Constituiría una doble sanción para la entidad la orden de indexar la pensión y de pagar intereses moratorios por el tiempo en que no se han pagado las mesadas pensionales? Concedida
Corte Constitucional, S. T- 1197 de 2004 - ¿Procede la acción de tutela como mecanismo para obtener indexación de la primera mesada pensional, cuando no se ha hecho uso de los medios de defensa judicial? Negada
Corte Constitucional, S. T- 815 de 2004 - Solicitud de indexación de la primera mesada pensional. ¿Era incompetente la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca para tramitar la acción de tutela? ¿Qué consideraciones deben tenerse para que la falta de la inmediatez del daño no sea causal de improcedibilidad de la acción de tutela? Concedida
Corte Constitucional, S. T- 805 de 2004 - Indexación primera mesada pensional. ¿Es competente el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca - Sala Jurisdiccional Disciplinaria, para conocer de la acción de tutela? Concedida
Corte Constitucional, S. T- 606 de 2004 - ¿Procede la tutela como mecanismo para obtener indización de la primera mesada pensional, cuando no se hizo uso de los recursos a los cuales tenía derecho? Negada
Corte Constitucional, S. T- 328 de 2004 - Indexación primera mesada pensional. Derecho a la intangibildiad de la mesada pensional. No estima la Sala que quien reclama la indexación de su mesada pensional agote la posibilidad de amparo porque dejar transcurrir tres o más años desde que se hizo exigible la pensión, para instaurar el reclamo, puesto que el pensionado puede haber perdido el derecho a que se le aplique con retroactividad la medida, pero conservarlo respecto de la situación futura, en razón de que el derecho a la prestación jubilatoria se sucede mes a mes.El beneficiado con la pensión de jubilación estará siempre en posibilidad de invocar la actualización de su mesada pensional, en primera instancia ante su empleador o la entidad obligada a reconocerla, y en subsidio ante el juez laboral, sin que en ningún caso puede ser considerada improcedente su pretensión, por razones de oportunidad
Corte Constitucional, S. T- 80 de 2004 - Tutela contra providencia judicial, proceso ejecutivo laboral. Solicitud indexación mesada pensional (pensión sanción). Negada. Existencia de otro medio de defensa judicial, recurso extraordinario de casación, no ejercido. Se hubiera configurado vía de hecho si en la sentencia que obra como título ejecutivo se hubiera condenado al pago de indexado de la pensión sanción, y no obstante este pronunciamiento, el juez de la ejecución hubiera librado mandamiento de pago sin incluir dicha condena
Corte Constitucional, S. T- 1217 de 2003 - Indexación primera mesada pensional. Falta de agotamiento de los mecanismos de defensa previstos en la jurisdicción ordinaria - no haberse intentado el recurso extraordinario de casación
Corte Constitucional, S. T- 1216 de 2003 - Indexación primera mesada pensional. Negada: Oportunidad para interponerla. Existencia de otros medios de defensa
Corte Constitucional, S. T- 1191 de 2003 - Indexación de la primera mesada pensional de carácter convencional. ¿Es suficiente que hayan transcurrido más de tres (3) años desde que se reconoció el derecho a la pensión para que el accionante establezca la prescripción de la acción y por ende que no exista otro mecanismo de defensa o es indispensable que ésta sea declarada por el juez de causa? No es pertinente la acción de tutela como mecanismo transitorio al no demostrarse perjuicio irremediable. La prescripción no opera de pleno derecho sino que debe ser declarada por el juez de la causa. Negada
Corte Constitucional, S. T- 1169 de 2003 - Indexación mesada pensional. Concedida
Corte Constitucional, S. T- 663 de 2003 - Indexación de la primera mesada pensional. Concedida. Reiteración
Corte Constitucional, S. T- 290 de 2003 - Indexación de la primera mesada pensional. Consideración final sobre las implicaciones de una sentencia de unificación reciente SU-120-03