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JURISPRUDENCIA : PENSIÓN DE VEJEZ : RELIQUIDACIÓN : CORTE SUPREMA DE JUSTICIA : AÑOS ANTERIORES
Corte Suprema de Justicia, S. CL 28308 de 2008 - La pensión de jubilación por aportes se consolidó en diciembre de 1995, es decir, en vigencia de la ley 100 de 1993, aplicándose para su reconocimiento y liquidación la ley 71 de 1988 y su decreto reglamentario 2709 de 1994, en virtud del régimen de transición, el cual dejó vigente los requisitos de las normas anteriores como la edad y el número de cotizaciones, mas no el salario base de liquidación y el porcentaje de la misma, a los que se aplica el inciso tercero del artículo 36 de la Ley 100. Pensión de jubiliación - Reliquidación. Salario base de liquidación
Corte Suprema de Justicia, S. CL 26956 de 2007 - Cuando los requisitos pensionales quedan satisfechos al cumplir 55 años de edad, el trabajador se hace acreedor a la pensión de jubilación por aportes a partir de esta fecha, por cuanto en tratándose de trabajadores particulares el derecho se causa con la desafiliación de los seguros de invalidez, vejez, muerte, accidente de trabajo y enfermedades profesionales, salvo las excepciones legales. Pensión de jubilación - Reliquidación. Salario base de cotización. Pensión de vejez - Requisitos. Sistema General de Seguridad Social en Pensiones - Notificación de novedades. Régimen de transición. Retiro
Corte Suprema de Justicia, S. CL 28412 de 2007 - Si la falta de agotamiento de la vía gubernativa fue propuesta y no decidida en la primera audiencia de trámite ¿qué sucede con el proceso laboral? La absolución pedida en el alcance de la impugnación no es posible en ningún caso. La falta de competencia, sea ella saneable o no, no puede dar lugar a un pronunciamiento de fondo, absolutorio o condenatorio, porque cuando un juez carece de competencia no le está dado definir una controversia judicial. La nulidad pedida de manera subsidiaria tampoco puede ser una consecuencia que pueda decretar la Corte, porque la casación laboral no le asigna a esta Corporación la competencia funcional para tocar ese tema en particular. Pensión de jubilación - Reliquidación. Salario base de liquidación. Proceso laboral - Competencia. Nulidad