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2010
FICHA JURISPRUDENCIAL CC SC 980 de 2010 - ¿Es posible que se notifiquen por correo los actos de la administración?. La notificación por correo, en el ámbito concreto de la administración pública, desarrolla una de las facetas del principio de publicidad como garantía mínima del debido proceso administrativo, lo cual no deja duda sobre su idoneidad para dar a conocer a los interesados las decisiones que adopten las autoridades administrativas, entendiendo que la misma se surte a partir del momento en que el destinatario recibe el acto que se le pretende comunicar. En ese mismo sentido, la notificación por correo constituye un mecanismo idóneo para permitir que los actos de la administración sean conocidos por las personas directamente interesadas en ellos. De igual forma, acorde con los avances tecnológicos, es constitucionalmente admisible que se notifiquen las decisiones de la administración, incluso, por correo electrónico
FICHA JURISPRUDENCIAL CC SC 529 de 2010 (01) - ¿Cuáles son las reglas que se derivan de la aplicación del principio de solidaridad en materia pensional?
FICHA JURISPRUDENCIAL CC SC 529 de 2010 (02) - ¿Es posible que una persona siga cotizando al régimen de prima media o de ahorro individual a pesar de haber cumplido los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez? ¿Qué efectos conlleva para el empleador esta decisión?
FICHA JURISPRUDENCIAL CC SC 529 de 2010 (03) - La disposición que establece la extinción de la obligación de cotizar al sistema pensional cuando se reúnen los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez, ¿vulnera el principio constitucional de solidaridad?