Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
CARTA CIRCULAR 61 DE 2005
(Enero 12 de 2005)
Diario Oficial No. 45.797 de 20 de enero de 2005
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Señores:
Representantes legales, jefes de areas financieras, de control interno, de contabilidad, contadores de los entes publicos de los sectores central y descentralizado de los niveles nacional y territorial y revisores fiscales
Referencia: Reajuste a los valores absolutos para el tratamiento contable de los activos de menor cuantía y pago de derechos para la expedición del Boletín de Deudores Morosos del Estado- BDME
Apreciados Señores:
Con el fin de aplicar el procedimiento contable contenido en el numeral 2.2 del Plan General de Contabilidad Pública-PGCP relacionado con las Instrucciones relativas al reconocimiento y revelación de las propiedades, planta y equipo, este Despacho se permite informar que el valor absoluto para registrar la depreciación de activos de menor cuantía para el año 2005 es de $953.000. Así mismo, para los bienes adquiridos que pueden registrarse afectando directamente el gasto, el valor absoluto es de $190.750, que equivale a medio (0.5) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
Para efectos de la expedición del Certificado del BDME, el valor a consignar será de once mil cuatrocientos cuarenta y cinco ($11.445) pesos moneda corriente, que corresponde al tres por ciento (3%) del SMMLV.
Lo anterior, de conformidad con el Decreto 4360 del 22 de diciembre de 2004 mediante el cual se fijó el SMLMV en $381.500.
Cordialmente,
JAIRO ALBERTO CANO PABÓN
Contador General de la Nación
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.