Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
CIRCULAR No. CNSC-011-2005
COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
DE: Comisión Nacional del Servicio Civil
PARA: Ministros del Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Directores de Establecimientos Públicos, y Representantes Legales de las demás entidades y organismos del Orden Nacional regidos por la Ley 909 de 2004.
ASUNTO: Suscripción de convenios interadministrativos con la CNSC para el desarrollo del concurso de ingreso y ascenso a los empleos públicos de carrera administrativa, con cargo a los recursos del presupuesto 2005
FECHA: Diciembre 26 de 2005.
La Comisión Nacional del Servicio Civil hace saber que en aplicación de lo establecido en el artículo 30 de la Ley 921 de 2004, por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal 2005, se suscribirán convenios interadministrativos para el desarrollo y ejecución del concurso abierto de méritos para el ingreso y ascenso a los empleos públicos de carrera administrativa, con las entidades del orden nacional que hayan presupuestado recursos en la vigencia 2005 y expedido los correspondientes certificados de disponibilidad presupuestal.
Por lo tanto, las entidades del orden nacional a las que se refiere la Ley 921 de 2004, deberán proceder de acuerdo con los lineamientos establecidos en el artículo 30 de la misma, la firma del correspondiente convenio Interadministrativo con la CNSC y su trámite ante la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
El objeto del convenio será el desarrollo por parte de la CNSC del concurso abierto de méritos para la provisión de empleos de carrera administrativa; el valor será el que corresponda a la tarifa estimada fijada por la Comisión Nacional del Servicio Civil para el número de cargos requeridos por la entidad.
Atentamente
PEDRO ALFONSO HERNANDEZ
Presidente
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.