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CIRCULAR EXTERNA 65 DE 2006

(noviembre 15)

Diario Oficial No. 46.473 de 5 de diciembre de 2006

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Referencia: Reporte adicional de Deudores Morosos del Estado que

incumplieron acuerdos de pago, según lo establecido en el

numeral 5 del artículo 2o de la Ley 1066 de 2006.

Señores: Representantes Legales, Jefes de Areas Financieras, Jefes de

Control Interno, Jefes de Contabilidad, y Contadores de los

Entes Públicos de los niveles Nacional y Territorial de los

Sectores Central y Descentralizado.

Con base en lo establecido en el literal g) del artículo 3o y literal s) del artículo 4o de la Ley 298 de 1996; el parágrafo 3o del artículo 4o de la Ley 716, modificado por la Ley 901 de 2004; el Decreto 3361 de 2004; y el numeral 5 del artículo 2o de la Ley 1066 de 2006, el Contador General de la Nación imparte las siguientes instrucciones para que se lleven a cabo las gestiones administrativas necesarias que permitan reportar a los deudores morosos del Estado que han incumplido con los acuerdos de pago que celebraron, según lo reglamenta el numeral 5 del artículo 2o de la Ley 1066 de 2006.

1. Envío de información

Para efectos de relacionar a los deudores morosos del Estado que incumplieron los acuerdos de pago celebrados, los entes públicos obligados al reporte del Boletín de Deudores Morosos del Estado, según la Circular Externa 059 de 2005, deberán enviar a la Contaduría General de la Nación, con corte a 30 de noviembre de 2006, dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes de diciembre de 2006, la relación de las personas (naturales o jurídicas) que hayan incumplido los acuerdos de pago celebrados con las entidades públicas, y que en su momento fueron objeto de retiro de la base de datos de deudores morosos del Estado, relacionados en el Boletín.

2. Medio de reporte

Las entidades públicas deberán enviar un oficio a la Contaduría General de la Nación, en el cual relacionen cada una de las personas naturales o jurídicas reportadas en el Boletín de Deudores Morosos del Estado que incumplieron acuerdos de pago, en relación con él. Esta información será diligenciada en los términos establecidos en el Anexo número 6 de la presente Circular Externa y teniendo en cuenta los datos de la tabla de referencia del Anexo número 8.

De la misma forma, diligenciarán y reportarán en el Anexo número 7 de la presente Circular Externa la actualización de esta información para el proceso de retiro de la base de datos de las personas que deban ser retiradas del Boletín de Deudores Morosos del Estado.

3. Vigencia.

La presente Circular Externa se expide a los quince (15) días del mes de noviembre de dos mil seis (2006), adiciona la Circular Externa 59 de 2005, y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

El Contador General de la Nación,

JAIRO ALBERTO CANO PABÓN.

ANEXO 6.

MODELO DE OFICIO PARA EL REPORTE DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO QUE INCUMPLIERON ACUERDOS DE PAGO.

Bogotá, D. C.,

Doctor

JAIRO ALBERTO CANO PABON

Contador General de la Nación

Bogotá, D. C.

Asunto: Reporte de información de deudores morosos del Estado que incumplieron acuerdos de pago.

Para darle cumplimiento al numeral 5 del artículo 2o de la Ley 1066 de 2006, se anexa y certifica la información REPORTADA por (NOMBRE DEL ENTE PUBLICO) con código institucional (CODIGO ASIGNADO POR LA CGN):

Tipo de Persona
Tipo de Identificación
Número de Identificación
Nombres y Apellidos o Razón Social
Tipo de Deudor
Número de la obligación
Valor del Acuerdo
Según Tabla 1
Según Tabla 2
 Según Tabla 3
 

Cordialmente,

Nombres y apellidos representante legal

FIRMA

Nombres y apellidos del Jefe del área contable,

Contador o quien haga sus veces en el ente público.

FIRMA

Tarjeta Profesional Número

ANEXO 7.

MODELO DE OFICIO PARA LA ACTUALIZACION DEL REPORTE DE DEUDORES MOROSOS DEL ESTADO QUE INCUMPLIERON ACUERDOS DE PAGO.

Bogotá, D. C.,

Doctor

JAIRO ALBERTO CANO PABON

Contador General de la Nación

Bogotá, D. C.

Asunto: Retiro de Información del Boletín de Deudores Morosos del Estado, BDME, relacionada con deudores que incumplieron acuerdos de pago.

Por medio de la presente, y con el fin de actualizar la información reportada, a continuación se relaciona y certifica la información que debe ser RETIRADA del BDME, correspondiente a la entidad (NOMBRE DE LA ENTIDAD) con código institucional (CODIGO ASIGNADO POR LA CGN):

Tipo de Persona
Tipo de Identificación
Número de Identificación
Nombres y Apellidos o Razón Social
Tipo de Deudor
Número de la obligación
Según Tabla 1
Según Tabla 2
 Según Tabla 3

Cordialmente,

Nombres y apellidos representante legal

FIRMA

Nombres y apellidos del Jefe del área contable,

Contador o quien haga sus veces en el ente público.

FIRMA

Tarjeta Profesional Número

ANEXO 8.

 TABLAS DE REFERENCIA.

Tabla 1 – Tipo de Persona

ValorTipo de persona
1Persona Natural
2Persona Jurídica

Tabla 2 – Tipo de Identificación

ValorTipo de Identificación
1Cédula de ciudadanía
2NIT
3Cédula de Extranjería
4Pasaporte
5Sociedad Extranjera sin NIT en Colombia
6Otro

Tabla 3 – Tipo de Deudor

ValorTipo de Deudor
1Deudor Principal
2Deudor Solidario
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