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CONCEPTO 3444 DE 2007

(marzo 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

D.J.N.

PARA: Doctor GONZALO FERNÁNDEZ MORA

Gerente Nacional Comercial

DE: Dirección Jurídica Nacional – Unidad de Seguros

ASUNTO: Oficio GNC No- 0168 - Oficio PCC – 0024 – Oficina de Participación Ciudadana

Respetado Doctor:

Acuso recibo del oficio emanado de la Gerencia a su cargo a través del cual se devuelve la comunicación de la referencia junto con sus anexos pretextando falta de competencia para dar respuesta y solución a la petición del señor TARSICIO OSORIO VANEGAS.

Sobre el particular me permito informarle que por expresa disposición legal a esta Dirección le corresponden funciones de conceptualización y asesoría jurídica para efecto de la unificación de criterios jurídicos del Instituto de Seguros Sociales a nivel nacional y seccional1, de lo cual, meridianamente se colige que lo solicitado por el peticionario escapa al ámbito de nuestra competencia.

Ahora bien, de acuerdo con el literal c) del artículo 67 del Decreto 1403 de 1994, la única dependencia del ISS para participar en la definición de estrategias comerciales respecto de productos que ofrece el Instituto de Seguros Sociales es la Gerencia Nacional Comercial, y en esa medida, la inquietud formulada por el consultante al hacer referencia a una propuesta sobre la subvención de hogares geriátricos por parte del ISS, no implicaba otra cosa sino establecer si dentro de los productos ofrecidos por el Instituto de Seguros Sociales según la perspectiva de la Gerencia a su cargo, la formulación del petente era viable a través de convenios estratégicos con otras entidades u otro tipo de política o programa social, o si definitivamente la propuesta no se circunscribe dentro del objeto desarrollado por el Instituto.

Por las anteriores razones y con el debido respeto acudo a acertado criterio con el objeto de brindar una respuesta de fondo al señor TARSICIO OSORIO VANEGAS.

Cordialmente

ELIANA MARGARITA ROYS GARZÓN

Directora Jurídica Nacional (E)

Anexo lo enunciado en 7 folios.

Con copia:

· Dra. Carmiña Berrocal Guerrero. Asesora Secretaria Privada Presidencia de la República. Rad. 235873

· Dra. Rosa María Laborde Calderón. Secretaria General Ministerio de la Protección Social.

RAMG/odpm

Rad. 01974

20/02/2007

NOTA AL FINAL:

1. Artículo 14 del Decreto 1403 de 1994. Artículo 4o Literal b) de la Resolución 4579 de 1995 de la Presidencia del Instituto de Seguros Sociales: “Conceptuar sobre el análisis interpretación y aplicación de las disposiciones que regulan el Sistema de Seguridad Social Integral que administra el Instituto”.

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Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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