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CONCEPTO 7204 DE 2008

(junio 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

D.J.N.

Bogotá D.C.

Doctora

LIGIA HELENA BORRERO RESTREPO

Superintendente Delegado para Pensiones, Cesantías y Fiduciarias

Superintendencia Financiera de Colombia

Calle 7ª No. 4-49

Bogotá, D.C.

ASUNTO: Liquidación de aportes para pensión en sentencias de reintegro judicial.

Con toda atención y con el fin de unificar el criterio institucional en relación con el asunto de la referencia, respetuosamente solicitamos a usted se sirva emitir concepto definitivo frente a la forma en que deben efectuarse los aportes al Sistema General de Seguridad Social en los casos de personas que fueron reintegradas a sus cargos mediante sentencia judicial.

Lo anterior, por cuanto en su oficio 2007004135-000 del 23 de febrero de 2007 se informa a la Vicepresidencia de Pensiones de este Instituto que en “relación con la indexación de los aportes y los rendimientos, estamos haciendo el análisis correspondiente que nos permita adoptar una posición unificada con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, resultado de lo cual se le informará oportunamente”, no obstante ello, hasta la fecha no se ha recibido pronunciamiento alguno sobre el particular.

Cabe resaltar que el Seguro Social ha recibido múltiples solicitudes relacionadas con el pago de los mencionados aportes al Sistema General de Pensiones como consecuencia de las condenas impuestas a empleadores por conducto de diversos fallos judiciales que disponen el reintegro laboral de ex trabajadores y dado que en la actualidad se presenta controversia frente al tema, resulta imperioso que se aclare la dualidad en las posiciones doctrinales existentes a fin de resolver las peticiones de los interesados.

En virtud de lo anterior, agradeceremos su pronto y acertado pronunciamiento a fin de determinar la metodología institucional a implementar para establecer el valor debido por concepto de aportes a la seguridad social en los eventos de reintegro por sentencia judicial.

Cordialmente,

SERGIO HERNANDO COLMENARES PORRAS

Director Jurídico Nacional

Copia Dra. MONICA URIBE BOTERO – Directora General de Regulación Económica de la Seguridad Social – Ministerio de

Hacienda y Crédito Público – Carrera 8 No. 6 – 64 – Bogotá, D.C.

Dr. WALTER OROZCO SALAZAR – Jefe Unidad de Planeación y Actuaría ISS

RAMG/jaac Rad: 3957

Aportes por sentencia judicial

15 may. 08

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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