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CONCEPTO 10105 DE 2007

(agosto 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

D.J.N.

PARA: Doctor JHON JAIRO CAMARGO MOTTA

Asesor II Gerencia Nacional de Atención al Pensionado

DE: Dirección Jurídica Nacional – Unidad de Seguros.

ASUNTO: Devolución Acto Administrativo. Situación pensional HÉCTOR ALCIDES RINCÓN. C.C. 2.853.052

Respetado Doctor:

Con el acostumbrado respeto me permito devolver el oficio GNAP 06536 del 1o de agosto de 2007 en el cual se remite copia informal de la Resolución No. 1073 del 25 de junio de 2007 para su trámite correspondiente.

Lo anterior por cuanto esta Dirección no es competente para iniciar el cobro de la suma dineraria por concepto de retroactivo pensional a favor del asegurado, dado que dicha función le corresponde inicialmente al área fuente o dependencia donde se originó la operación que dio lugar a la cuenta por cobrar conforme al Manual de Cobranzas del ISS aprobado mediante Resolución 2859 del 2 de diciembre de 2003, y en esa medida, la dependencia competente para efectuar dicho cobro será la Gerencia Nacional de Atención al Pensionado según las observaciones hechas en la Resolución No. 1073 de 2007.

Sin otro particular

RUTH ALEYDA MINA GARCÍA
Jefa Unidad de Seguros
Dirección Jurídica Nacional
 

Anexo Oficio GNAP 6536 en 1 folio y Acto Administrativo en 3 folios

RAMG/odpm

Rad 9761

Cobro retroactivo ISS Patrono

10/08/07

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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