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CONCEPTO 11055 DE 2005

(julio 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

D.J.N.

Bogotá, D.C.

PARA: Dr. Gustavo Uribe Miller

Gerente (E) ISS Seccional Antioquia

DE: Dirección Jurídica Nacional – Unidad de Seguros

ASUNTO: Consulta – Compatibilidad pensional

Mediante comunicación dirigida a esta Dirección, nos consulta acerca de la compatibilidad de una pensión de vejez otorgada por el Fondo de Previsión Social del Congreso FONPRECON reconocida el 11 de marzo de 1994 y una posible pensión de vejez por cotizaciones efectuadas al ISS a través de empleadores del sector público y privado, las cuales no fueron tenidas en cuenta en la liquidación de la pensión de vejez a cargo del FONDO.

Sobre el particular, sea lo primero anotar que esta Dirección se pronunció ampliamente sobre diferentes aspectos del tema de la compatibilidad mediante oficios DJN-US No. 19994 del 13 de diciembre de 2004 DJN-US No. 1713 del 9 de febrero de 2005, cuya fotocopia adjunto.

En los conceptos relacionados se aclara que en vigencia del nuevo Sistema General de Pensiones contenido en la Ley 100 de 1993 no es posible el disfrute de dos pensiones en forma simultánea, ni de pensión y asignación salarial al tiempo, atendiendo la filosofía misma del Sistema, máxime si se trata de prestaciones a cargo de dos administradoras del Régimen de Prima Media con Prestación Definida como lo son FONPRECOM y el ISS.

Por otro lado, no sobra agregar que para eventos como el objeto de consulta es pertinenete explorar la viabilidad jurídica del reajuste especial previsto en el artículo 17 del Decreto 1293 de 1994, según el cual “Los senadores y representantes que se hayan pensionado con anterioridad a la vigencia de la Ley 4 de 1992 tendrán derecho a un reajuste en su mesada pensional, por una sola vez, de tal manera que su pensión alcance un valor equivalente al 50% del promedio de las pensiones a que tendrían derecho los actuales congresistas.”, aclarando que esta clase de solicitud deberá llevarse a cabo ante el FONDO DE PREVISIÓN DEL CONGRESO.

Codialmente,

RUTH ALEYDA MINA GARCIA

Jefe Unidad de Seguros

Dirección Jurídica Nacional

Vo.Bo. EMIL ENRIQUE ARIZA OLAYA

Director Jurídico Nacional

RAMG/CPM

Rad. 9595

Compatibilidad - Fonprecon

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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