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CONCEPTO 11232 DE 2005

(julio 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES

D.J.N.

Bogotá D.C.

PARA: Doctor WALTER OROZCO SALAZAR

Jefe Unidad de Planeación y Actuaría

Dirección Jurídica Nacional

DE: Dirección Jurídica Nacional – Unidad de Seguros

ASUNTO: Oficio No. UPA 2484 de 21 de julio de 2005 – Validación de tiempos para los casos de invalidez y muerte – Art. 9 Ley 797 de 2003

Acuso recibo del oficio de la referencia emanado de la Jefatura a su cargo, por medio del cual se reitera el oficio UPA 106 - VP 00412 relacionado con la validación de tiempos laborados no cotizados según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 797 de 2003.

Sobre el particular le informo que a través del concepto DJN-US 9461 de 28 de junio de los corrientes, esta Dirección abordó a plenitud el tema materia de consulta, oficio cuya copia informal me permito adosar para los fines legales pertinentes.

Así mismo, comedidamente solicito se sirva informar a esta Dirección a través de qué acción de tutela se originó el incidente de desacato que motiva el oficio emanado de su despacho, con indicación de las partes, fecha del auto admisorio, del fallo y del oficio de notificación del desacato.

Lo anterior por cuanto extraña a esta Dirección el que se ponga en conocimiento de una orden judicial de desacato a una tutela a través de un oficio de reiteración de concepto, pretendiendo obtener un trámite preferencial frente a derechos de petición y solicitudes de concepto jurídico asignados por competencia, generando una dilación injustificada en el trámite pertinente lo cual es una forma de vulnerar los principios constitucionales y legales de la función administrativa en detrimento del derecho que le asiste a los demás petentes a obtener una adecuada y oportuna respuesta de este Despacho.

Por lo tanto, este Despacho le insta para que en lo sucesivo se abstenga de solicitar celeridad en el trámite deprecado so pretexto de invocar un incidente de desacato a una tutela salvo que sea mediado por orden judicial que requiera su inmediata y oportuna gestión no solo por parte de esta Dirección sino de cualquiera de las dependencias del nivel Nacional, Seccional o dentro de las áreas misionales según el caso, para lo cual deberá allegarse con la solicitud respectiva, copia informal del oficio en el cual se notifica la actuación judicial, con indicación de los sujetos procesales y el objeto de la acción que requiere del trámite solicitado.

Cordialmente

EMIL ENRIQUE ARIZA OLAYA

Director Jurídico Nacional

Instituto de Seguros Sociales

Anexo lo enunciado

Con copia:

- Dra. María del Pilar Serrano Buendía. Vicepresidenta de Pensiones. Instituto de Seguros Sociales

Revisó: Ruth Aleyda Mina García

Proyectó: Omar David Pineda Montenegro

Rad. 11539

Validación tiempos laborados no cotizados – Desacato tutela

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Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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