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DECRETO 310 DE 2017

(febrero 24)

Diario Oficial No. 50.157 de 24 de febrero de 2017

MINISTERIO DEL TRABAJO

Por el cual se modifica la planta de personal de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) Empresa Industrial y Comercial del Estado.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) en su sesión del 29 de junio de 2016, como consta en Acta 97 decidió someter a aprobación del Gobierno nacional la modificación de la planta de personal de la Empresa.

Que para efectos de modificar la planta de personal, la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) presentó el correspondiente estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto número 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, obteniendo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.

Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó concepto de viabilidad presupuestal.

Que por lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La planta de personal de empleados públicos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), será la que se establece a continuación:

Número de CargosDenominación del EmpleoGrado
Uno (1)Presidente03
Uno (1)Jefe de Oficina de Control Interno02
Uno (1) Director de Cartera01

PARÁGRAFO. La incorporación de los empleados públicos a los cargos de que trata el presente artículo se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

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ARTÍCULO 2o. Fíjase en dos mil cuatrocientos noventa y uno (2.491) el número de trabajadores oficiales, al servicio de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).

PARÁGRAFO: Los costos de noventa y siete (97) cargos de trabajadores oficiales asignados a la Gestión de BEPS, serán cubiertos, de conformidad con lo establecido en el Decreto número 604 de 2013.

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ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 4938 de 2011 y 2728 de 2013 y demás normas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 2017.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

La Ministra del Trabajo,

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

LILIANA CABALLERO DURÁN.

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"Normograma - Colpensiones - Administradora Colombiana de Pensiones"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 5 de febrero de 2021 - Diario Oficial No. 51567 - Enero 24 de 2021

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