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DECRETO 687 DE 2007
(marzo 7)
Diario Oficial No. 46.564 de 8 de marzo de 2007
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 1023 de 2008>
Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1863 de 1999.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en el artículo 7o de la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 1023 de 2008>Adiciónase el artículo 1o del Decreto 1863 de 1999, con un numeral, el cual quedará así:
“5. De los empleados públicos designados por el Gobierno como presidentes o gerentes de las entidades públicas no financieras en las cuales el Fogafín participe en su capital”.
ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 1023 de 2008>Modifícanse los literales a) y b) del artículo 1o del Decreto 1863 de 1999, los cuales quedarán así:
“a) Competencia en el mercado laboral;
b) Sujeción estricta al presupuesto del Fogafín o de la respectiva entidad para tal fin.”
ARTÍCULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 1023 de 2008>El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica y adiciona el Decreto 1863 de 24 de septiembre de 1999.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de marzo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
FERNANDO ANTONIO GRILLO RUBIANO.
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