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DECRETO 964 DE 2009

(marzo 20)

Diario Oficial No. 47.297 de 20 de marzo de 2009

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 99 del Decreto 3011 de 2013>

Por el cual se modifica el artículo 6o del Decreto 176 de 2008.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189-11 de la Carta Política y por la Ley 975 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6o del Decreto 176 de 2008, señaló que dentro de la estructura de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación se conformará un Comité Técnico Especializado del orden nacional y un Comité Técnico Regional con el objeto de brindar apoyo técnico complementario a la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación y a las Comisiones Regionales para la Restitución de: Bienes, según sea el caso.

Que una vez instalado el Comité Técnico Especializado del orden nacional se ha visto la necesidad de ampliar su conformación con otras entidades, cuyos objetos misionales tienen relación directa con las funciones que le asignó el Decreto 176 de 2008, y de esa forma fortalecer el trabajo que se viene desarrollando al interior del Comité.

Que se hace necesario ampliar la conformación del Comité Técnico Especializado del orden nacional con los siguientes integrantes: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las Direcciones de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom y de Asuntos para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior y de Justicia,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. MODIFICACIÓN. <Decreto 176 de 2008 derogado por el artículo 99 del Decreto 3011 de 2013> Modifíquese el artículo 6o del Decreto 176 de 2008, el cual quedará así:

“Artículo 6o. Comités Técnicos. Dentro de la estructura de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación se conformará un Comité Técnico Especializado del orden nacional y un Comité Técnico Regional con el objeto de brindar apoyo técnico complementario a la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación y a las Comisiones Regionales para la Restitución de Bienes, según sea el caso. El Comité Técnico Especializado del orden nacional estará integrado por un(a) delegado(a) del orden nacional con carácter permanente y capacidad decisoria de las siguientes entidades: Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder); Unidad Nacional de Tierras Rurales; Ministerio del Interior y de Justicia; Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; Banco Agrario; Dirección Nacional de Estupefacientes; Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) o la autoridad catastral para el caso de los catastros descentralizados de Bogotá, Cali, Medellín y Antioquia; Superintendencia de Notariado y Registro; Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional; Unidad Nacional de Fiscalía para la Justicia y la Paz; la Dirección de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; Departamento Nacional de Planeación; Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El(la) delegado(a) del Ministerio del Interior y de Justicia estará acompañado por un(a) delegado(a) de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom y uno(a) de la Dirección de Asuntos para comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.

Los integrantes del Comité Técnico Especializado del orden nacional serán convocados por la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación.

PARÁGRAFO. El Comité Técnico Especializado del orden nacional se reunirá una vez cada quince (15) días, si así se determina por parte de la Comisión Regional respectiva o de forma extraordinaria cuando existan hechos o circunstancias que así lo ameriten”.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de marzo de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

FABIO VALENCIA COSSIO.

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"Normatividad relacionada con el Sistema de Seguridad Social Integral y el Sistema General de Pensiones."
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 31 de marzo de 2018