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DECRETO 1340 DE 2015

(junio 19)

Diario Oficial No. 49.548 de 19 de junio de 2015

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto número 377 del 4 de marzo de 2015 y se desaplazan unas apropiaciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija, cuando se estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas o cuando no se perfeccionen los recursos del crédito autorizados. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones.

Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 377 de 2015 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $5.988,3 mil millones.

Que el Consejo de Ministros en su sesión del 21 de febrero de 2015 facultó al Consejo Superior de Política Fiscal, (Confis), para emitir concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente.

Que el artículo 5o del Decreto número 377 del 4 de marzo de 2015, estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, (Confis), podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo.

Que el artículo 6o del Decreto número 377 del 4 de marzo de 2015, estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, (Confis), podrá desaplazar total o parcialmente las apropiaciones de la vigencia fiscal de 2015.

Que las entidades incluidas en el presente decreto solicitaron modificar el aplazamiento del presupuesto de gastos del Decreto número 377 de 2015.

Que el Consejo Superior de Política Fiscal, (Confis), en su sesión del 19 de mayo de 2015, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió concepto favorable para modificar algunas partidas incluidas en el Decreto número 377 de 2015.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Notas de Vigencia> Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2015, en la suma de doscientos treinta mil trescientos treinta millones ciento cincuenta y seis mil quinientos setenta y siete pesos moneda legal ($230.330.156.577) , según el siguiente detalle:

<TABLAS NO INCLUIDAS. VER ORIGINALES EN DIARIO OFICIAL No. 49.548 de 19 de junio de 2015 PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

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ARTÍCULO 2o. <Ver Notas de Vigencia> Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2015, en la suma de DOSCIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS MONEDA LEGAL ($230.330.156.577), según el siguiente detalle:

<TABLAS NO INCLUIDAS. VER ORIGINALES EN DIARIO OFICIAL No. 49.548 de 19 de junio de 2015 PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de junio de 2015.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

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"Normatividad relacionada con el Sistema de Seguridad Social Integral y el Sistema General de Pensiones."
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 31 de marzo de 2018