Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
ARTÍCULO 40. VIGENCIA. <Decreto derogado por el artículo 12.2.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010> El presente decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Viceministra Técnica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargada de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
MARÍA INÉS AGUDELO VALENCIA.