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DECRETO 2334 DE 1999

(noviembre 23)

Diario Oficial No. 43.795, del 26 de noviembre de 1999

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 83 del Decreto 66 de 2008>

Por el cual se adiciona el artículo 4o. del Decreto 855 de 1994.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

en especial de las que le confiere el numeral 11 del

artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTICULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 83 del Decreto 66 de 2008> Adiciónase el artículo 4o. del Decreto 855 de 1994 con el numeral 19, cuyo texto es el siguiente:

"19. La construcción de obras públicas cuyas características especiales tengan relación directa con la defensa y seguridad nacionales, previo concepto favorable del Ministro de Defensa Nacional".

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ARTICULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro del Interior,

NÉSTOR HUMBERTO MARTÍNEZ NEIRA.

El Ministro de Defensa Nacional,

LUIS FERNANDO RAMÍREZ ACUÑA.

      

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"Normatividad relacionada con el Sistema de Seguridad Social Integral y el Sistema General de Pensiones."
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 31 de marzo de 2018